Artículo 8.009. La Junta de Asesores Técnicos actuará de manera colegiada ante los directores en todos los procedimientos de esas oficinas. La Comisión, a recomendación del Comisionado Electoral del Partido Principal de Mayoría, con la participación de todos los Comisionados Electorales y el voto unánime de éstos, nombrará un Secretario. Esta notificación será tramitada por el Secretario de la Legislatura, el cual mantendrá constancia de la fecha y forma en que se haga tal notificación. —, Cualquier persona que falsamente hiciere, alterare, falsificare, imitare, transfiriere u obtuviere la tarjeta de identificación electoral a sabiendas de que no tiene derecho a la misma o que estuviera basada en hechos falsos o que circulare, publicare, pasare o tratase de pasar como genuina y verdadera la susodicha tarjeta a sabiendas de que la misma es falsa, alterada, falsificada, imitada o contiene información falsa incurrirá en delito grave de cuarto grado y convicta que fuere será sancionada con pena de reclusión según dispuesta por los Artículos 16 y 66 del, Ley 146-2012, según enmendada, “Código Penal de Puerto Rico”, Artículo 12.007. El ejercicio del voto secreto le será garantizado a todo elector. La Comisión establecerá por reglamento las actuaciones específicas sujetas a multa, así como el monto aplicable a cada una de éstas. En el día de la elección y en cualquier momento antes del comienzo del escrutinio cualquier partido político, candidato independiente u organización participante podrá sustituir cualquier funcionario de colegio que hubiera designado según lo dispuesto en esta Ley. Elecciones, y bajo la dirección de éste, habrá de inspeccionar e informar a la Comisión Estatal de Elecciones sobre el cumplimiento de los trabajos de las áreas de operaciones electorales, administración, planificación, auditoría, personal, seguridad, prensa, según lo establezca la Comisión por reglamento, sin que se entienda que habrá de dirigir y supervisar las operaciones de los jefes y funcionarios de las áreas o divisiones de la Comisión, por iniciativa propia, quienes responden directamente al Presidente. Esta oficina estará sujeta a las normas de balance electoral. Artículo 3.004. Artículo 8.003. — (16 L.P.R.A. Ventajas y desventajas de ser un trader. Asimismo, podrá utilizarse por la Comisión solamente para implantar cualquiera de las disposiciones de esta Ley o sus reglamentos relacionados con la identificación de los electores. Un elector no pierde su domicilio por el mero hecho de tener disponible para su uso una o más residencias que sean habitadas para atender compromisos de trabajo, estudio, o de carácter personal o familiar. —, Los procesos por infracciones a esta Ley se ventilarán originalmente ante el Tribunal de Primera Instancia cuya demarcación radique el precinto en que se cometió la infracción y ante el Juez o Jueza designado (a) de conformidad con el, Todo procedimiento de naturaleza criminal instado al amparo de las disposiciones de esta Ley se tramitará conforme a las, Reglas de Procedimiento Criminal de Puerto Rico. Los votos de las papeletas protestadas no se contarán para los candidatos. — Protección a los Candidatos a Gobernador y Comisionado Residente. De no constituirse como tal, como quiera, deberá cumplir con los requisitos de registro, informes y con las limitaciones de los comités, según sea el caso. — Empate de la Votación. — Prerrogativas de los Partidos Políticos. El partido podrá dar notificación a su electorado por los medios que estime pertinentes, sobre la persona que fue seleccionada en el proceso de selección interna para representarlo en la papeleta electoral. Cuando no hubiere tal unanimidad la recusación será decidida por el Presidente de la Comisión Local, siendo ésta la única ocasión en que dicho Presidente podrá intervenir en una recusación. ” — Toda actividad de índole electoral que lleve a cabo la Comisión Estatal de Elecciones. D.— Tercer Vicepresidente: El Tercer Vicepresidente, además, de cualesquiera otros deberes y funciones que le asigne el Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones, y bajo la dirección de éste, habrá de inspeccionar e informar a la Comisión Estatal de Elecciones sobre el cumplimiento de los trabajos del área de operaciones de campo según lo establezca la Comisión por Reglamento, sin que se entienda que habrá de dirigir y supervisar las operaciones de los jefes y funcionarios de las áreas o divisiones de la Comisión, los cuales habrán de responder directamente al Presidente. Toda persona que desee figurar como aspirante y candidato a un cargo público electivo deberá ser elector hábil al momento de presentar su intención de candidatura. Se notificará, asimismo, a los Comisionados Locales de los distintos partidos políticos y a los presidentes municipales de los comités políticos de los distintos partidos políticos. ” — El Oficial Ejecutivo y la Autoridad Nominadora de la Oficina del Contralor Electoral de Puerto Rico de conformidad con la, “Ley para la fiscalización del financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico”. — Junta de Inscripción Permanente. Toda persona que desee solicitar un puesto de confianza o de balance político por un partido político deberá además cumplir con los requisitos que establezca dicho partido político. Además de cualesquiera otras funciones o deberes dispuestos en esta Ley o sus reglamentos, las juntas de inscripción permanente deberán: 1. llevar a cabo un proceso continuo de inscripción, transferencia y reubicación de electores; 2. llevar a cabo un proceso continuo de fotografía de nuevos electores, de electores inscritos que no estén fotografiados y de electores que mediante declaración jurada declaren que han extraviado su tarjeta de identificación electoral; esta declaración podrá ser jurada por cualquier persona autorizada por ley para tomar juramentos o ante la Junta de Inscripción Permanente siempre y cuando la misma esté debidamente constituida; de esta misma forma las juntas de inscripción permanente, en aquellos casos que mediante resolución la Comisión así lo autorice, podrán tomar declaraciones juradas para todos los fines electorales necesarios; 3. asignar los electores inscritos a su correspondiente Unidad Electoral, conforme por reglamento disponga la Comisión; 4. preparar un informe diario de todas las transacciones electorales; 5. presentar mensualmente para la aprobación de las comisiones locales concernidas un informe de las operaciones realizadas durante el mes el cual contendrá todas las transacciones electorales procesadas y los informes diarios según se dispone en el inciso (4) de este artículo. Artículo 5.011. Cualquier partido que tenga la categoría de partido principal de mayoría, partido, partido principal o partido por petición disfrutará de los derechos que le correspondan hasta que pierda tal categoría de acuerdo y según dichos términos se definen en esta Ley. Artículo 10.001. Dicho sorteo se verificará en presencia de las personas afectadas o interesadas, o de representantes de éstas o de las partes. Los cinco (5) o los diez (10) años, según sea el caso, serán los años contributivos anteriores a la fecha de apertura del período para radicar candidaturas para las Elecciones Generales correspondientes. × Close Log In. Disponiéndose que en caso de que surgiera alguna vacante en una candidatura, el partido podrá cubrir dicha vacante según lo establece esta Ley y los reglamentos del partido. “Código Electoral de Puerto Rico para el Siglo XXI”. — (16 L.P.R.A. — (16 L.P.R.A. § 4113). Dichos formularios serán diseñados e impresos por la Comisión, y estarán compuestos de un original con copia. ” — Toda persona que sin haber sido nominada formalmente por un partido político figure como candidato a un cargo público electivo en la papeleta electoral, conforme las disposiciones de esta Ley. —, Luego aparecerán los candidatos de los partidos por petición y los partidos locales por petición en el orden en que éstos hayan completado su inscripción y después los candidatos independientes. —, Las papeletas serán distintas para cada partido político y se hará uso de colores y/o patrones de diseño diferentes para cada cargo público electivo sujeto a primarias. En caso de empate para ocupar un cargo público electivo entre dos o más candidatos, la Comisión procederá a llevar a cabo una nueva elección entre los candidatos empatados. La Comisión Local deberá tomar en cuenta, entre otros factores, el tamaño del pueblo o ciudad y la disponibilidad de otros locales al considerar una solicitud de ubicación de un local de propaganda dentro de los límites establecidos. (C) Las solicitudes de recusación por las causales (1), (2), (3) y (4) antes mencionadas deberán presentarse juramentadas ante la comisión local del precinto a que corresponda el elector. La Junta de Colegio devolverá a la Junta de Unidad Electoral todo el material electoral correspondiente a dicho colegio de votación una vez terminado el escrutinio. ”– Periodo comprendido desde la fecha en que se abren formalmente las radicaciones de candidaturas para primarias, conforme a esta Ley y hasta el 31 de diciembre del año en que se celebren unas elecciones generales. — Proveerá todos los servicios legales a la Comisión. —, Después que la Comisión haya realizado el escrutinio general determinará los candidatos que resultaron electos para los once (11) cargos a senadores por acumulación, los once (11) a representantes por acumulación, los dos (2) senadores por cada distrito senatorial y el representante por cada distrito representativo. Redactar y someter a la consideración y aprobación de la Comisión las reglas y reglamentos que fueren necesarios para cumplir con las disposiciones de esta Ley. En el caso de un referéndum, consulta o plebiscito, los integrantes de cada Junta de Colegio serán nombrados por los directivos centrales de los partidos políticos u organizaciones que participen en dicha elección, certificada a esos efectos por la Comisión. (c) Toda enmienda o modificación al reglamento para las elecciones generales y el escrutinio general que se adopten a menos de noventa (90) días antes de las elecciones generales, requerirá la participación de todos los (las) Comisionados (as) Electorales y el voto unánime de éstos. La Comisión dispondrá por reglamento la asignación de funciones que llevará a cabo cada uno de los Inspectores en Propiedad. La Comisión Local será responsable de verificar, evaluar y aprobar la solicitud, conforme al Reglamento aplicable. —, Artículo 11.001. (a) El Presidente y dos de los (las) Comisionados (as) Electorales constituirán quórum. Certificación automática como Candidatos a otros Cargos Públicos Electivos. En caso de que los honorarios por contrato excedan de treinta mil (30,000) dólares, el Presidente deberá obtener el consentimiento de la Comisión para otorgar tales contratos. Se deberá informar al elector el fundamento de la recusación y su derecho a contestar la misma. Los miembros de las Juntas de Inscripción Permanente deberán grabar la solicitud como una transacción de fácil acceso. Toda enmienda o modificación al reglamento para las elecciones generales y el escrutinio general que se adopten a menos de noventa (90) días antes de las elecciones generales, requerirá la participación de todos los (las) Comisionados (as) Electorales y el voto unánime de éstos. §§ 5001 et seq.)]. Dirección del local cuya ubicación se propone. La Oficina de Asuntos Legales. Se prohíbe el uso no autorizado de los nombres o de las insignias de los partidos políticos y los emblemas de los candidatos o candidatos independientes así registrados. Todo patrono o representante de éste que se negare a permitir que un trabajador o empleado se inscriba o vote estando este último capacitado para ello incurrirá en delito menos grave y convicto que fuere será sancionado con pena de reclusión que no excederá de seis (6) meses o multa que no excederá de quinientos (500) dólares o ambas penas a discreción del tribunal. Los partidos políticos podrán requerir la afiliación al partido para votar en sus primarias. No obstante esto, las personas que se encuentren en una de las categorías de los incisos (f), (k) y (l) del Artículo 9.039 podrán solicitar el voto adelantado mediante formulario y evidencia acreditativa hasta no más tarde de quince (15) días previo al evento electoral. 4 de 20 de diciembre de 1977, mejor conocida como Ley Electoral de Puerto Rico. 184 de 3 de agosto de 2004, según enmendada, conocida como “Ley para la Administración de los Recursos Humanos en el Servicio Público. La notificación de cambio deberá realizarse dentro de los cinco (5) días posteriores de haber ocurrido los mismos. Toda apelación a una decisión del Presidente (a) de una comisión local, excepto en los casos de recusación por domicilio, deberá notificarse en la misma sesión en que se tome la decisión apelada y antes de que se levante dicha sesión. La Comisión Local velará por el fiel cumplimiento del Artículo 12.002 y 12.004 de esta Ley. Todo solicitante del voto ausente cuya petición fuere aceptada se entenderá que votó y así le será notificado a su colegio de votación. 28082014Administracion Estrategica 18edi Thompson, Conceptos de Administracion estrategica - David, F, [EBOOK] Administraci n EstratÇgica Thompson 18va, Conceptos-de-administracion-estrategica-14edi-david, Trabajo Extra Planificacion Estrategica Ok, proyectos de inversion formulacion y evaluacion, Conceptos de administracion estrategica 14edi david (1), Conceptos de administracion estrategica Libro Base, ADMINISTRACIÓN ESTRATÉGICA Y POLÍTICA DE NEGOCIOS ADMINISTRACIÓN ESTRATÉGICA Y POLÍTICA DE NEGOCIOS, Administración Estratégica (Teoría y Casos) Capítulo, Administración Estratégica (18 ed) Thompson Jr, A, Strickland III, A y Gamble, J (2012) México McGraw-Hill, B conceptos de Administracion Estrategica Fred David, Administracionestrategica 140825231556 phpapp01 (1), LIBROS UNIVERISTARIOS Y SOLUCIONARIOS DE MUCHOS DE ESTOS LIBROS GRATIS EN DESCARGA DIRECTA, Administracionestrategica18edicion thompson 150705122642 lva1 app, Administración estratégica, 18va Edición Arthur A. Thompson FREELIBROS.ORG, administracion-estrategica-8th-Charles W.L. , place a single valid mark in the blank space under the emblem for your party of preference and make no other markings on the ballot. —, Artículo 8.025. El término para solicitar el voto por adelantado será a la fecha del cierre del Registro General de Electores para la elección correspondiente. De igual manera deberá cumplir con la radicación electrónica de su candidatura, de así disponerlo la CEE mediante resolución o reglamento a esos fines. § 4126). llevar a cabo un proceso continuo de inscripción, transferencia y reubicación de electores; llevar a cabo un proceso continuo de fotografía de nuevos electores, de electores inscritos que no estén fotografiados y de electores que mediante declaración jurada declaren que han extraviado su tarjeta de identificación electoral; esta declaración podrá ser jurada por cualquier persona autorizada por ley para tomar juramentos o ante la Junta de Inscripción Permanente siempre y cuando la misma esté debidamente constituida; de esta misma forma las juntas de inscripción permanente, en aquellos casos que mediante resolución la Comisión así lo autorice, podrán tomar declaraciones juradas para todos los fines electorales necesarios; asignar los electores inscritos a su correspondiente Unidad Electoral, conforme por reglamento disponga la Comisión; preparar un informe diario de todas las transacciones electorales; presentar mensualmente para la aprobación de las comisiones locales concernidas un informe de las operaciones realizadas durante el mes el cual contendrá todas las transacciones electorales procesadas y los informes diarios según se dispone en el inciso (4) de este artículo. (xi) Centro de Estudios Electorales. — Procedimiento Continuo de Inscripción, Reactivación, Transferencia, Reubicación, Retrato para la Tarjeta de Identificación Electoral y Modificaciones al Registro General de Electores. El Director OSIPE deberá contar con el consentimiento unánime de la Junta de Asesores Técnicos para comprar equipos de informática y para contratar servicios técnicos en sistemas de informática con cualquier empresa o individuo. Artículo 7.010. La enumeración anterior no impedirá la consolidación o creación de nuevas oficinas conforme a la necesidad del servicio. Artículo 12.007. § 4062). Toda persona que desee aspirar a una candidatura para un cargo público electivo por un partido político deberá además cumplir con los requisitos que establezca dicho partido político. En todo referéndum, consulta o plebiscito, cualquier partido político o agrupación de ciudadanos certificado por la Comisión podrá defender o rebatir cualesquiera de las alternativas a votarse en el mismo y para dichos fines podrá realizar cualquier actividad política que sea lícita y sujeto a las limitaciones provistas en esta Ley y en la “Ley para la Fiscalización del Financiamiento de Campañas Políticas en Puerto Rico”. Artículo 8.014. En Puerto Rico el poder político emana del Pueblo y se ejerce con arreglo a su voluntad. — Agrupación de Ciudadanos. Artículo aquellos votos que sean enviados en o antes de una elección y recibidos en o antes del último día del escrutinio general para esa elección. § 4025). o multa que no será menor de mil (1,000) dólares ni excederá de tres mil (3,000) dólares o ambas penas a discreción del tribunal. crear un estado de derecho sobre procesos electorales más moderno y eficiente. Cuando ocurra una vacante en un cargo de senador o representante electo como candidato independiente por un distrito o por acumulación se procederá de la siguiente forma: a) el Gobernador previa consulta con la Comisión convocará para la celebración de una elección especial en la demarcación geográfica correspondiente; la convocatoria se hará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha que se produzca la vacante. El sustituto o funcionario de colegio que llegue después de la hora señalada para el comienzo de la votación no podrá ejercer el derecho al voto en el colegio de votación asignado a menos que sea elector del mismo. — Devolución de Material Electoral. — Voto de Electores Ausentes. 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Una vez terminado el resumen la comisión local llevará inmediatamente todo el material electoral de los colegios de votación del precinto a la Comisión en la forma que esta disponga por reglamento. — Período de Recusación de Electores, Artículo 6.019. Hacemos un repaso de lo ... Las mujeres juristas abren el camino hacia la normalización de la igualdad. El Secretario expedirá una certificación de inscripción una vez la Comisión determine que se han completado los requisitos mencionados. El Presidente asignará el personal necesario para el cumplimiento de estos propósitos. El periodo de cierre fiscal-contable del año suele ser una de las operaciones de mayor trascendencia para las empresas, y cada año tiene mayor importancia dados los cambios transcendentales a nivel ... Programa de especialización de Canal Ético. Será elector de Puerto Rico todo ciudadano de los Estados Unidos de América y de Puerto Rico domiciliado legalmente en la jurisdicción de Puerto Rico y que a la fecha del evento electoral programado haya cumplido los dieciocho (18) años de edad, esté debidamente cualificado con antelación a la misma, y no se encuentre incapacitado mentalmente según declarado por un Tribunal. De lo contrario se referirá al próximo nivel de supervisión donde deberá resolverse por unanimidad de los representantes de los candidatos que participaron en las primarias. — Reuniones de la Comisión. — Insignias de Partidos Políticos y Emblemas de Candidatos Independientes. Artículo 12.015. § 4045). Artículo 6.014. § 4133). Esta Oficina estará sujeta a las normas de balance electoral. (79) “Primarias” — El procedimiento mediante el cual, con arreglo a esta Ley y a las Reglas que adopte la Comisión Estatal de Elecciones y el organismo central de cada partido político se seleccionan a través del voto directo los candidatos a cargos públicos electivos. Todo empleado o funcionario público que ilegalmente usare fondos públicos o dispusiere de propiedad pública para el uso de un partido político, aspirante, persona que considera aspirar, candidato, candidato independiente, comité de campaña o comité de acción política incurrirá en delito grave de cuarto grado y convicta que fuere será sancionada con pena de reclusión por un término mínimo de un (1) año y máximo de tres (3) años o multa que no será menor de cinco mil (5,000) dólares ni excederá de diez mil (10,000) dólares o ambas penas a discreción del tribunal. — Solicitud de Voto Adelantado. Una vez aprobada la resolución estableciendo el sistema de votación o escrutinio utilizando medios electrónicos, la Comisión sin demora notificará dicha determinación a los partidos políticos, candidatos independientes u organizaciones participantes por conducto de sus representantes. Será responsabilidad de la comisión local hacer los arreglos pertinentes con la Policía de Puerto Rico para que se preste la protección y seguridad necesaria a este material desde el momento de salida o despacho en la comisión local hasta el momento de entrega en la Comisión. § 4208). — (16 L.P.R.A. § 4134). gubernamental, municipal o legislativo, ni tenga compensación adicional con agencia gubernamental, municipal, legislativa o judicial alguna. Los cargos de subsecretarios serán de la confianza de los partidos políticos que los recomienden y podrán ser destituidos por los comisionados electorales de los partidos que representan. Aquel candidato que intencionalmente presente endosos con información falsa o con firmas fraudulentas podrá ser descalificado. — Comisionados Electorales. Cuando solamente un aspirante haya cumplido con los requisitos para participar en primarias dentro de determinado partido político en relación con cualquier cargo público electivo que no sea de senador o representante por acumulación o senador por distrito, el Presidente certificará dicho aspirante como el candidato al cargo en cuestión por el partido político concernido en las próximas Elecciones Generales. La Comisión publicará periódica y oportunamente anuncios en un periódico de circulación general, conteniendo los nombres de las personas recusadas durante el periodo establecido por ley para llevar a cabo este proceso. Aquéllas apelaciones sometidas en cualquier momento en la víspera de una elección deberán resolverse no más tarde de las seis (6) horas siguientes a su presentación. § 4254). En el caso de un referéndum, consulta o plebiscito, cada Junta de Unidad Electoral estará integrada por un coordinador en representación de cada uno de los partidos políticos u organizaciones que participen en dicha elección y certificada a esos efectos por la Comisión. —, Artículo 10.002. En el caso de la recusación por ausencia de ciudadanía será necesario que el recusador tenga consigo y entregue a la Junta de Colegio una certificación del organismo competente en el cual se indique que el recusado no es ciudadano de los Estados Unidos de América. — Interferencia con sistema de votación electrónica. § 4013). Artículo 12.026. La Comisión adoptará los instrumentos o métodos tecnológicos necesarios que garanticen el máximo grado de confiabilidad, validez, seguridad e interpretación correcta de la intención clara y evidente del elector. idato de su partido político en las Elecciones Generales precedentes o tres mil (3,000) peticiones de endoso, lo que sea menor. Los acuerdos de las comisiones locales deberán ser aprobados por votación unánime de los Comisionados (as) Locales que estuvieren presentes al momento de efectuarse la votación. Para cumplir con esto, se le asignará el personal necesario para llevar a cabo dicha función. Toda persona que se apropie ilegalmente de cualquier sistema o equipo de votación o escrutinio electrónico o sus componentes, programación o contraseña incurrirá en delito grave de segundo grado. de esta Ley, antes de que sean procesadas por la Junta de Inscripción Permanente correspondiente a tono con el reglamento que adopte la Comisión Estatal de Elecciones. En la primaria de un partido político resultarán oficialmente nominados como candidatos políticos los aspirantes que obtengan la mayoría de votos conforme la cantidad de candidatos que se puedan nominar para determinado cargo público electivo. —, La Comisión constituirá juntas de inscripción por precinto o municipio que serán de naturaleza permanente. El juramento requerido podrá ser prestado ante cualquier integrante de la comisión local, notario público, Secretario de cualquier tribunal o funcionario autorizado por ley para tomar juramentos en Puerto Rico. De igual forma, en caso de una recusación porque el elector haya fallecido, el recusador tendrá que proveer el certificado de defunción y si la recusación es porque el elector aparece inscrito más de una vez en el Registro General de Electores, el recusador deberá presentar una certificación de la Comisión a tales efectos. Los aspirantes solo tendrán siete (7) días a partir de la devolución de las peticiones rechazadas para sustituir las mismas. — (16 L.P.R.A. La Comisión notificará inmediatamente a las correspondientes comisiones locales de toda delegación o revocación que hubiere recibido. En caso de que el partido político no adoptara un método alterno de sustitución y hubiere presentado más de un candidato, el Gobernador dentro del término de treinta (30) días a partir de la presentación de la candidatura deberá convocar a una elección especial en el distrito afectado por la vacante surgida. Oficina de Compras y Suministros. Las personas obligadas a presentar las planillas contributivas, deberán tachar toda información que se preste para el robo de identidad. Artículo 12.021. — Descalificación de Aspirantes y Candidatos. § 4252), (a) por medio de violencia, intimidación, abuso de autoridad, engaño o cualquier actuación ilegal, entorpeciere o impidiere, pretendiere o influyere a variar o impedir el voto de un elector calificado o que ofreciere o recibiere soborno u ofrecimiento económico para abstener, entorpecer, impedir, influenciar o variar ese voto; o, (b) sin derecho a votar intentare hacerlo o que aún teniendo derecho a votar intentare hacerlo más de una vez; o, (c) durante el día señalado para un proceso electoral, dentro o fuera de un colegio de votación hasta un radio de cien (100) metros del mismo, perturbare el proceso electoral con medios violentos o ruidos, palabras o conducta indecorosa; o que sin ser agente del orden público portare un arma o cualquier objeto destinado a infligir daño corporal; o, (d) que ilegalmente penetrare, intentare penetrar o permitiese que otra persona ilegalmente penetrare en cualquier colegio de votación, excepto en las formas provistas por esta Ley o por reglamento de la Comisión; o, (e) impidiere o intentare impedir a los funcionarios electorales el cumplimiento de sus deberes bajo esta Ley, o ilegalmente removiere o consintiere en dicha remoción del sitio en que legalmente deban mantenerse, desplegarse o guardarse cualesquiera materiales electorales; intentare o permitiere el uso de formularios electorales o papeletas falsas o no oficiales en la elección o proceso; o. 4 de 20 de diciembre de 1977, según enmendada, denominada “Ley Electoral de Puerto Rico”. — Electores con Derecho a Votar. Si la Comisión no pudiera corregir los errores encontrados en un acta o si hubiere una discrepancia entre la cantidad de votantes y las papeletas escrutadas en el colegio de votación se deberá recontar todas las papeletas de ese colegio de votación en la forma en que se dispone en el Artículo 10.010 de esta Ley. — (16 L.P.R.A. Ley Núm. Dentro de los treinta (30) días anteriores a un evento electoral este término será de cinco (5) días. — (16 L.P.R.A. WebEL DE LA. —, Todo empleado, funcionario de la Comisión o de los partidos políticos, aspirante, candidato, representante de organización de ciudadanos en el proceso de inscripción de un partido político, representante de estos o cualquier persona natural o jurídica que por su función o por accidente tenga acceso a la información contenida en el Registro General de Electores y haga uso de la misma para uso ajeno a lo dispuesto en esta Ley incurrirá en delito grave de cuarto grado y convicta que fuere será sancionada con pena de reclusión según dispuesta por los Artículos 16 y 66 del Código. Artículo 9.040. Artículo 4.001. § 4091). — Procedimiento Continuo de Inscripción, Reactivación, Transferencia, Reubicación, Retrato para la Tarjeta de Identificación Electoral y Modificaciones al Registro General de Electores. materiales electorales recibidos. La entrega y recibo de los mismos a la junta de unidad se hará mediante la firma de recibos detallados. — (16 L.P.R.A. Artículo 9.009. 4 de 20 de diciembre de 1977, según enmendada, denominada “Ley Electoral de Puerto Rico”; establecer la Comisión Estatal de Elecciones y sus … — (16 L.P.R.A. — (16 L.P.R.A. (53) “Organismo Directivo Central” — Organismo o cuerpo rector a nivel Estatal, que cada partido político designe como tal en su reglamento. § 4015). Bear in mind that you can only vote for one (1) candidate for Governor and one (1) candidate for Resident Commissioner. El Primer Subsecretario será nombrado por el Comisionado Electoral del Partido Principal cuyo candidato a Gobernador hubiere obtenido el segundo mayor número de votos en la elección inmediatamente precedente; a menos que el Comisionado Electoral del Partido Principal cuyo candidato a Gobernador hubiere obtenido el segundo mayor número de votos en la elección inmediatamente precedente sea del mismo partido que nombró o recomendó originalmente al Secretario, en cuyo caso el Primer Subsecretario será nombrado por el Comisionado del Partido Principal de Mayoría cuyo candidato a Gobernador hubiere obtenido el mayor número de votos en la elección inmediatamente precedente. y a cualquier otra persona que las partes solicitaren sea citada. De haber algún acuerdo de balance electoral vigente suscrito por los Comisionados Electorales de los Partidos Principales se procederá de inmediato a nombrar el funcionario designado por el correspondiente Comisionado, siempre y cuando cumpla con los requisitos mínimos que dicho puesto requiere. —, Artículo 9.043. Artículo 12.017. La Comisión podrá excluir del mencionado registro a aquellos electores que por causales dispuestas en esta Ley o reglamento así se establezca. (23) “Comisionado Electoral” — Persona designada por el organismo directivo central de un partido principal, partido o partido por petición para que le represente ante la Comisión Estatal de Elecciones. en dicha elección especial cualquier elector afiliado a un partido político o persona debidamente calificada como elector y que reúna los requisitos que el cargo en cuestión exige podrá presentarse como candidato; y. la elección especial deberá llevarse a cabo no más tarde de los noventa (90) días siguientes a la fecha de la convocatoria y la persona que resulte electa en la misma ocupará el cargo hasta la expiración del término de su antecesor. En caso de que la persona tenga deuda, la certificación informará sobre la existencia de un plan de pago y que se está cumpliendo con el mismo. WebP Kotler - Diurecciòn de Mercadotécnia. La junta de unidad será responsable de la conservación y traslado de los materiales electorales al centro de votación que le corresponda. — Curso sobre Uso de Fondos y Propiedad Pública. — Jurisdicción y Procedimientos. § 4236). No se autorizará pago de dietas por más de dos (2) reuniones mensuales salvo durante los ciento veinte (120) días previo a la fecha del evento electoral, en que se autorizarán hasta cuatro (4) reuniones mensuales. Contratar los servicios profesionales y técnicos, así como del personal que fuere necesario para implantar las disposiciones de esta Ley. Cualquier elector que no pueda marcar sus papeletas por razón de impedimento tendrá derecho a escoger una persona para que salvaguardando el ejercicio secreto del voto le marque las papeletas según le instruya el elector. Una vez recibida la solicitud, la Comisión Local deberá considerar la misma no más tarde de la próxima reunión a partir de la fecha de radicación. — (16 L.P.R.A. El tribunal deberá resolver dicha revisión dentro de un término no mayor de cinco (5) días, contado a partir de la pr, Artículo 4.002. La Comisión podrá establecer centros de votación de acuerdo con el reglamento que al efecto apruebe la Comisión en locales privados y también en casas de alojamiento. (i) Preparar y administrar el presupuesto de la Comisión con el asesoramiento de la Oficina de Presupuesto conforme a los reglamentos que a tal efecto se aprueben. Artículo 6.008. fecha de apertura del período para radicar candidaturas para las Elecciones Generales correspondientes. Los Presidentes y los Comisionados Locales de cada comisión local recibirán por cada día de reunión una dieta de setenta y cinco (75) dólares. La Comisión suministrará a los partidos políticos cantidades suficientes de formularios especiales para que los electores puedan inscribirse en el Registro de Electores Afiliados del partido concernido. Los enlaces a los Reglamentos y Ordenes Ejecutivas del Gobernador, pertenecen a la página web del Departamento de Estado del Gobierno de Puerto Rico. La validez de una solicitud de recusación será decidida por acuerdo unánime de los presentes de la comisión local al momento de atender la misma. — Los Partidos. Remember me on this computer. En los juramentos que se presten para asuntos electorales no se cancelarán sellos de asistencia legal y los Secretarios de los Tribunales expedirán libre de todo derecho las certificaciones de los asientos que constaren en los libros bajo su custodia, así como de las resoluciones y sentencias dictadas por dichos tribunales en asuntos electorales de toda índole. — (16 L.P.R.A. Solamente se considerarán válidamente emitidos con arreglo a este. — Comisión de Primarias. Artículo 6.017. La Junta de Unidad Electoral estará presidida por el coordinador del partido político que obtuvo la mayoría de votos para el cargo a Gobernador en las Elecciones Generales precedentes al evento electoral a llevarse a cabo y en su ausencia, lo sustituirá el subcoordinador quien pasará a ocupar el puesto de coordinador. El resultado parcial se hará a base de la combinación de los resultados de los colegios de votación recibidos al momento de emitir dicho resultado. —, Artículo 8.004. de esta Ley en todo aquello que no sea incompatible con las disposiciones de este Título y las siguientes disposiciones. Además, ningún asunto o controversia de esta naturaleza estará bajo el ámbito investigativo o decisorio del, Procurador del Ciudadano (Ombudsman), establecido mediante la. El resultado parcial se hará a base de la combinación de los resultados de los colegios de votación recibidos al momento de emitir dicho resultado. La Comisión establecerá mediante reglamento la información a incluirse en la copia que se entregará a las agrupaciones de ciudadanos. b) Dentro de los quince (15) meses precedentes a una elección general. — (16 L.P.R.A. — Tarjeta de Identificación Electoral. — Facultades y Deberes del Secretario (a). Download Free PDF View PDF. § 4213). — (16 L.P.R.A. Si no la niega mediante declaración, su voto no se contará y será nulo. Las papeletas se entregarán a Los (las) Comisionados (as) Electorales de los partidos políticos en las cantidades que se aprueben por reglamento. La Comisión constituirá juntas de inscripción por precinto o municipio que serán de naturaleza permanente. El elector podrá votar por una cantidad igual de aspirantes a un mismo cargo público electivo a los que el partido político haya notificado a la Comisión que postulará para las Elecciones Generales. (6) Se faculta a la Comisión para aprobar los reglamentos que sean necesarios para poner en vigor las disposiciones de esta Ley, en coordinación con la Oficina del Contralor de Puerto Rico. — Tendrá la responsabilidad de capacitar y desarrollar al recurso humano en el área electoral de la CEE, para que pueda desempeñarse y ofrecer un servicio de calidad a la ciudadanía en los procesos electorales. (xiv) Oficina de Planificación. Se excluye de esta disposición contratos o servicios o cátedras para tarea docente en la Universidad de Puerto Rico. Los Comisionados en Propiedad o Alternos de la Comisión Local de Elecciones podrán ser miembros de la Junta de Inscripción Permanente. — Cambio de Centro de Votación. Todo aspirante que no resultare favorecido en el método alterno de selección estará impedido de concurrir como aspirante en cualquier proceso de primarias para el mismo cargo para el cual aspiró. de julio del año siguiente a la elección y a partir de esa fecha, cada cuatro (4) años o hasta que su sucesor sea nombrado. Se garantiza el derecho pleno del elector a votar en el precinto y la Unidad Electoral de su inscripción cuando el cambio de residencia a otro precinto o Unidad Electoral ocurra dentro de los cincuenta (50) días anteriores a la votación. (89) “Reubicación” — Proceso mediante el cual un elector solicita se le asigne su inscripción a otra Unidad Electoral dentro del mismo precinto por razón de haber cambiado su domicilio o por estar mal ubicado. Bear in mind that you may not vote for more candidates than those stated earlier. La Comisión no podrá certificar a ningún candidato, aspirante, propuesta o asunto hasta tanto se lleve a cabo el escrutinio general establecido en el Artículo 10.009 de esta Ley. —, 011. No obstante, el elector tendrá derecho a utilizar la alternativa que prefiera. La Comisión establecerá centros para inscripción donde estarán ubicadas las juntas de inscripción permanente. ; establecer la Comisión Estatal de Elecciones y sus funcionarios, definir las oficinas principales y su funcionamiento; facultar para la implantación de un sistema de votación electrónica y/o escrutinio electrónico, y disponer salvaguardas para el votante; establecer disposiciones de cumplimiento y armonización con las leyes y jurisprudencia estatal y federal aplicable; definir los delitos electorales e imponer penalidades por las violaciones a esta Ley; y para otros fines relacionados. — (16 L.P.R.A. Los cargos a Vicepresidentes serán puestos de confianza de los partidos que representen. —, Artículo 7.009. Artículo 5.007. Artículo 9.024. (14) “Centro de Votación” — Toda aquella instalación pública o privada donde se ubican los colegios de votación de determinada Unidad Electoral. La Comisión y los partidos políticos abrirán el proceso de presentación de candidaturas el 1 de diciembre del año antes en que se celebrarán las elecciones generales hasta el 30 de diciembre del mismo año. En tales casos dicho personal no estará sujeto a las disposiciones del, Código Político de Puerto Rico de 1902, enmendado. A cada partido principal, partido, partido por petición y candidato independiente a Gobernador se le deducirá dicho anticipo de lo que le correspondiere en el crédito adicional establecido en este Artículo. Velará además por la sana administración del presupuesto, conforme a las más sanas normas de administración fiscal y en armonía con los propósitos de las leyes que las asignan. — Convicción de Aspirante o Candidato. El funcionario de colegio impregnará un dedo en una sustancia indeleble según disponga la Comisión por reglamento. (3) que la persona no cumple con alguna disposición constitucional. de esta Ley en solicitud de una orden para que se cese y desista el uso desautorizado de su nombre, insignia o emblema. — Orden de Presentación de Insignias y Emblemas. Artículo 2.002. —, Los nombres e insignias de partidos políticos debidamente presentados en la Comisión conforme lo dispuesto en esta Ley, así como los emblemas de los candidatos o candidatos independientes no podrán ser reproducidos, falsificados, copiados o imitados por persona alguna, natural o jurídica, para fines comerciales sin el previo consentimiento escrito del partido político o su representante o del candidato afectado. — Funciones y Deberes de las Comisiones Locales — (16 L.P.R.A. Además cada partido político dispondrá por reglamento la creación de una Junta de Colegio de primarias compuesta por un director, un subdirector y un Secretario. que se haga tal notificación y del acuse de recibo de la misma. — Secretario y Subsecretarios de la Comisión. — Convocatoria General. (18) “Ciclo Electoral”– Periodo comprendido desde la fecha en que se abren formalmente las radicaciones de candidaturas para primarias, conforme a esta Ley y hasta el 31 de diciembre del año en que se celebren unas elecciones generales. Dicha determinación podrá ser apelada ante la Comisión Estatal de Elecciones en un término dispuesto por reglamento aprobado por la Comisión Estatal de Elecciones. De no ser posible acomodar a todos los electores dentro del colegio de votación se procederá a colocar a los mismos en una fila cerrada y se les entregará turnos para votar. La persona que estará a cargo del escrutinio general será seleccionada por el Presidente pero requerirá la ratificación unánime de los(las) Comisionados(as) Electorales que integran la Comisión. § 4242). — Prescripción. Del mismo modo, esta Ley ha sido objeto de cuantiosas interpretaciones de nuestros tribunales, así como de la propia Comisión Estatal de Elecciones, ante situaciones nuevas no contempladas o debido a un lenguaje confuso e impreciso en su redacción original. — PROCEDIMIENTOS ANTERIORES A LA ELECCIÓN; VOTACIÓN, Personas que podrán votar en una elección especial, Nombre e Insignia de los Partidos Políticos en la Papeleta, Preparación y Distribución de Papeletas Oficiales y de Muestra, Colegio Especial para Electores Añadidos a Mano, Lugar de Ubicación del Centro de Votación, Juramento de los Funcionarios Electorales, Equipo Mínimo Requerido en el Colegio de Votación, Marca Indeleble, Selección y Procedimiento, Protección a los Candidatos a Gobernador y Comisionado Residente, Curso sobre Uso de Fondos y Propiedad Pública, Senado y Cámara de Representantes Únicos Jueces de las, Conservación y Destrucción de Papeletas y Actas de, Participación de Partidos Políticos y Comité de Acción Política, Notificación de Resultados y Proposición Triunfante, Gastos de Difusión Pública del Gobierno de, Uso de Material y Equipo de Comunicaciones, Uso Indebido de la Tarjeta de Identificación Electoral, Despido o Suspensión de Empleo por Servir como, Falsificación de Firmas o Inclusión de Información Sin, Uso indebido de información del Registro Electoral, Operación de Establecimientos que Expendan Bebidas Alcohólicas, Interferencia con Sistema de Votación Electrónica, Competencia del Tribunal de Primera Instancia, Designación, Jurisdicción de los Organismos Creados por esta Ley. Después que la Comisión hubiere recibido los documentos de una elección procederá a realizar un escrutinio general. On this ballot you have the right to vote for only five (5) legislative candidates, as follows: one (1) single candidate for District Representative; two (2) candidates for District Senator; one (1) single candidate for Representative At-Large; one (1) single candidate for Senator At-Large. Ningún partido político podrá tener más de un (1) fiscal especial simultáneamente. (62) “Papeleta No Adjudicada” — Papeleta votada por un elector en la cual los inspectores de colegio no puedan ponerse de acuerdo sobre su adjudicación. Todo aspirante, candidato, candidato independiente, cabildero o funcionario electo o persona que a nombre de éstos ofreciere o acordare, nombrar o conseguir el nombramiento de determinada persona para algún puesto público como aliciente o recompensa por votar a favor de un aspirante, candidato, o candidato independiente o por contribuir a la campaña de éstos, o por conseguir o ayudar a su respectiva elección, y toda persona que aceptare o procurare dicho ofrecimiento, incurrirá en delito menos grave y convicta que fuere será sancionada con pena de reclusión que no excederá de seis (6) meses o multa que no excederá de quinientos (500) dólares o ambas penas a discreción del tribunal. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada; denominada “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. — (16 L.P.R.A. Se excluye a aquellos funcionarios de la Comisión, cuyos nombramientos sean clasificados “de confianza”, del cumplimiento de las disposiciones del Articulo 3.2 (i) de la Ley Núm. (80) “Proyectos Especiales” — aquellos proyectos específicos y particulares que la Comisión disponga realizar dentro de un periodo definido o con una fecha límite. —. —, Artículo 6.013. Desde la decisión resolviendo la reconsideración la parte tendrá diez (10) días para solicitar revisión ante el Tribunal de Primera Instancia. — Decisiones de la Comisión. Artículo 10.012. Además, podrá presentar una foto o emblema sencillo y distinguible para que se coloque al lado de su nombre en la papeleta, excepto los candidatos a legislador municipal que comparecerán solamente con su nombre en la papeleta. § 4216). § 4245). — (16 L.P.R.A. La Comisión declarará electos y expedirá el correspondiente certificado de elección a cada uno de dichos candidatos de los partidos de minoría. —, Artículo 9.026. Ir a: www.ogp.pr.gov ⇒ Biblioteca Virtual ⇒ Leyes de Referencia--CÓDIGOS. — Garantizará que todos los electores activos y potenciales, las Juntas de Inscripción Permanente, las Comisiones Locales y los Centros de Votación tengan la información y materiales necesarios para que el elector pueda ejercer su derecho al voto. En cada precinto, centro de votación o Unidad Electoral conforme disponga la Comisión se establecerá un colegio especial para electores que no hayan sido incluidos en las listas de votantes y reclamen su derecho al voto. —, Puerto Rico estará dividido en precintos electorales. No te impacientes y ayúdale hasta que complete la venta. Las papeletas de todo elector cuyo voto se recuse, así como los documentos y la información que sustentan la recusación, deberán ser sellados y titulados en el sobre u otro medio que garantice la secretividad del voto, provisto por la Comisión con el nombre del elector recusado, su número electoral, la razón de tal recusación, el número electoral del recusador y su nombre en letra de molde. La Comisión deberá aprobar cualquier solicitud de cooperación de personal de otras agencias de gobierno. Artículo 12.024. 364 Fundamentos de Mercadotecnia. — Juramento de los Funcionarios Electorales. Artículo 12.025. La Comisión le certificará al Gobernador el resultado de la votación del referéndum, consulta o plebiscito y la proposición que de acuerdo con los términos de la ley especial resulte triunfante luego del escrutinio de rigor. Esta Oficina estará sujeta a las normas de balance electoral. si es ciudadano de los Estados Unidos de América; dirección residencial que establece domicilio; número de licencia de conducir o los últimos cuatro (4) dígitos del número de seguro social, exclusivamente a los fines de cotejo de identidad y sujeto a las limitaciones dispuestas por la Ley HAVA Núm. — (16 L.P.R.A. Artículo 9.032. Artículo 3.002. La Comisión de Primarias del Partido Político concernido determinará la fecha en que se celebrará la segunda primaria la cual se realizará dentro de los treinta (30) días siguientes al día en que finalice el recuento. (86) “Referéndum” — Método mediante el cual se somete al electorado de Puerto Rico para consulta electoral directa la aprobación o rechazo de una o varias propuestas específicas sobre políticas públicas a adoptarse o legislación a ponerse en vigencia sobre asuntos de interés general. § 4121). Un partido político no tendrá que celebrar primarias para un cargo público electivo para el cual no desee postular un candidato. Artículo 6.010. — (16 L.P.R.A. podrán apelar ante la Comisión la determinación dentro de los cinco (5) días siguientes, excepto lo dispuesto para las recusaciones por domicilio electoral. — Garantías del Derecho al Voto. Toda apelación que surja dentro de los cinco (5) días previos a la celebración de una elección deberá resolverse al día siguiente de su presentación en los cuatro (4) días anteriores a la víspera de la elección. La Junta Administrativa del Voto Ausente (JAVA) será responsable de trabajar la votación como voto adelantado y la adjudicación de estos votos. Los Comisionados Electorales y los Comisionados Alternos no podrán figurar como aspirantes o candidatos, ni ocupar cargos públicos electivos. Oficina de Planificación. — Agrupación de Ciudadanos. electores que figuren en el Registro General de Electores y que a la fecha del referéndum, consulta o plebiscito tengan dieciocho (18) años de edad o más. El elector que deseare votar por candidatos que no figuren en las columnas de los partidos políticos o como candidatos independientes, podrá hacerlo, escribiendo el nombre o nombres de ellos en la columna para nominación directa en el lugar correspondiente y podrá también dar voto a otros candidatos que figuren en otros espacios de la papeleta haciendo una marca en el espacio de cada uno de dichos candidatos, siempre que no fuere incompatibles con los que hubiere votado en la columna correspondiente a nominación directa. De haber algún acuerdo de balance electoral vigente suscrito por los Comisionados Electorales de los Partidos Principales se procederá de inmediato a nombrar el funcionario designado por el correspondiente Comisionado, siempre y cuando cumpla con los requisitos mínimos que dicho puesto requiere. Será deber de la Comisión ordenar la impresión de los nombres de dichos candidatos en la papeleta electoral en el mismo orden en que le fueron certificados por el partido para los distintos precintos. La Comisión podrá incluir otras categorías de voto adelantado para lo cual se requerirá la participación de todos los(las) Comisionados(as) Electorales y el voto unánime de éstos. Artículo 9.012. , a no ser que en la elección general obtenga a favor de su candidato a gobernador, una cantidad de votos equivalentes a un tres (3) por ciento o más del total de votos depositados en dicha elección general a favor de todos los candidatos a gobernador. —, Los Comisionados Electorales de la Comisión devengarán una remuneración anual y cualquier diferencial asignado por ley, equivalente a la de un Secretario de los departamentos ejecutivos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que no sea el Secretario de Estado. Los Comisionados Electorales podrán solicitar del Presidente que sus respectivos empleados sean reclutados por contrato, pero la cantidad a pagarse por dicho contrato en ningún caso excederá en sueldo la cantidad máxima fijada para el puesto regular. Esta notificación será tramitada por el Secretario de la Legislatura, el cual mantendrá constancia de la fecha y forma en que se haga tal notificación y del acuse de recibo de la misma. — Crédito para Transportación y Otros Mecanismos de Movilización de Electores. Cualquier parte afectada por una decisión del Tribunal de Primera Instancia, podrá presentar un recurso de revisión fundamentado ante el Tribunal Apelaciones, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de la misma. ” — Es el proceso mediante el cual la Comisión le permite votar a determinados electores que se encuentran fuera de Puerto Rico el día de una elección. § 4246). § 4240). El Departamento de Hacienda y el Centro de Recaudaciones Municipales expedirán las copias y certificaciones, por esta Ley requeridas, libre de cargos durante los treinta (30) días posteriores de haberse solicitado. — (16 L.P.R.A. Lederman (2001), por otra parte, sugiere que la descentralización política que consiste en dar más autonomía a las regiones de modo que puedan legislar en ámbitos cuya jurisdicción era del … De no existir unanimidad, el Presidente de la Comisión Local habrá de resolver la solicitud. Se crea una Comisión Especial para atender aquella elección especial en la cual un partido político presente más de un candidato para cubrir una vacante de un cargo público electivo de un funcionario que fue electo en representación de dicho partido. 134 de 30 de junio de 1977, según enmendada. Su designación como Presidente no tendrá el efecto de interrumpir el transcurso del término de nombramiento correspondiente al cargo de juez o jueza. (3) Partido Principal de Mayoría. ” — Papeleta votada por el elector y aceptada como válida por la Junta de Colegio o por la Comisión Estatal de Elecciones. Artículo 3.008. En este documento encontraremos el análisis y la explicación, lo cual nos llevará a comprender a las organizaciones, para posteriormente aplicar el conocimiento en la realidad laboral. Artículo 6.003. — (16 L.P.R.A. De igual modo, la Comisión publicará la resolución, en español e inglés, en no menos de dos (2) periódicos de circulación general, por lo menos dos (2) veces durante el período de tiempo comprendido dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de la aprobación de la misma. — Electores con Prioridad para Votar. — Criterios de Invalidación de Peticiones de Endoso para Primarias. — Gastos de Difusión Pública del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. — (16 L.P.R.A. Artículo 8.012. En los casos en que el término de validez establecido se cumpla dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de una elección, las tarjetas de identificación electoral continuarán válidas hasta el día de la celebración de la elección en cuestión.
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