- La Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, es un Órgano de Asesoramiento del Gobierno Regional del Cusco, de segundo nivel organizacional, responsable de ejercer la función General de Planeamiento, diseñando políticas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa conforme a Ley. Artículo 141º. WebMISIÓN - VISIÓN. Conducir la gestión pública orientada al desarrollo integral y sostenible de la región Cusco con integridad, liderazgo, efectividad, transparencia, inclusión, identidad cultural e igualdad de oportunidades. Artículo 147. Artículo 40º. Su sigla es SGMUJER. WebGobierno Regional del Cusco. Presentar iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia. El Gobierno Regional de Cusco organiza y conduce la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Su sigla es OCL. Gobierno Artículo 43º. Artículo 233°. - La Dirección Regional de Salud es un órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, tiene a su cargo las funciones específicas en materia de salud, señalados en el Artículo 49º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en lo que les corresponde. Artículo 157. VisiónLa Región Cusco será un espacio de gestión de desarrollo, con una adecuada y eficiente integración y articulación interregional e intrarregional, socialmente atendida con educación y empleo de calidad que habrá reducido significativamente la pobreza extrema. Artículo 46º. Artículo 151°.- La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 150°.- La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, para el cumplimiento de sus funciones, formula y propone su Reglamento de Organización y Funciones, para su aprobación mediante Ordenanza Regional. Su sigla es SGEI. 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. El Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Cusco, es un Instrumento Técnico - Normativo de la Gestión Institucional. Los Directores de los Sistemas Administrativos están facultados a emitir Resoluciones Directorales en materia de su competencia de conformidad a lo señalado en la Ley Nro. -El Gerente General Regional emite resoluciones gerenciales generales regionales, con el objeto de resolver asuntos administrativos de carácter normativo o ejecutivo, dentro del ámbito de su competencia. - La Subgerencia de la Mujer, es un órgano de línea de tercer nivel organizacional, responsable de implementar las políticas regionales relacionadas con la promoción, prevención, protección, atención y apoyo a la mujer. Certificar las autógrafas de las Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional y demás normas reglamentarias, así como autenticar los documentos oficiales que expidan o firmen el Consejero Delegado y los miembros del Consejo Regional, a su expresa solicitud; Redactar el Acta y el Diario de Debates de las sesiones del Consejo Regional y registrar en forma adecuada las decisiones que sirvan como precedentes para observarse en casos análogos y poner al día el Diario de Debates; Entregar a los Consejeros Regionales con 48 horas de anticipación al inicio de la sesión del Consejo Regional, copia de la agenda, por correo electrónico u otra vía y con reporte del tiempo asignado a cada tema, así como copias de las propuestas de Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional, dictámenes, informes y mociones, cuyo conocimiento previo sea necesario para participar en las sesiones; Proporcionar información para la página WEB; Organizar, dirigir y supervisar la Mesa de Partes y el Centro de Documentación e Información del Consejo Regional; Otras funciones que le asigne el Consejo Regional. Las propuestas de acuerdos de cooperación con otros gobiernos regionales y de estrategias de acciones macro regionales. Su sigla es ORSLTPI. Password. S/N Int. Artículo 174°.- La Dirección Regional de Cultura, mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 173°.- La Dirección Regional de Cultura, para el cumplimiento de sus funciones, formula y propone su Reglamento de Organización y Funciones, para su aprobación mediante Ordenanza Regional. Su sigla es PPR. Concretar acuerdos con otras regiones para el fomento del desarrollo económico, social y ambiental. Ley Nº 29053, Ley que modifica la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Otras que le encargue o solicite el Consejo Regional. - La Oficina de Cooperación Técnica Internacional, es un órgano técnico normativo de asesoramiento de segundo nivel organizacional, responsable de gestionar la cooperación técnica y financiera no reembolsable en concordancia con la Ley de Cooperación Técnica Internacional. - Artículo 118°.-La Subgerencia de Fomento a la Competitividad e Innovación Tecnológica es un órgano de línea de Tercer Nivel Organizacional, responsable de la formulación, conducción y evaluación de las políticas de la gestión estratégica de la competitividad, productividad e innovación tecnológica en el ámbito de su competencia. Promover y ejecutar las inversiones públicas de ámbito regional en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones y de servicios básicos de ámbito regional, con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades. - La Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es un órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, tiene a su cargo las funciones específicas en materia de vivienda y saneamiento, señalados en el artículo 58° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en lo que les corresponda. Artículo 130°. Su sigla es SGDHIS. WebLa Región del Cusco, como capital histórica del Perú es una de las principales regiones del país, además de ser el principal atractivo turístico, también presenta un alto potencial … -Los directores regionales están facultados a emitir resoluciones directorales regionales, en los asuntos de su competencia. -El Gobierno Regional del Cusco mantiene relaciones de cooperación y coordinación con los demás Gobiernos Regionales y otros niveles de Gobierno, orientados al proceso de integración y conformación de espacios macro regionales. - La Subgerencia de Equipo Mecánico, es un órgano de línea de tercer nivel organizacional, responsable de ejecutar las acciones de operación y mantenimiento de la maquinaria pesada del Gobierno Regional, así como velar por la correcta aplicación de las normas aprobadas para tal fin. - La Dirección Regional de Energía y Minas es un órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, que tiene a su cargo las funciones específicas en materia de energía, minas e hidrocarburos, señalados en el Artículo 59º de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales en lo que les corresponda. Artículo 183. Artículo 10°. Su sigla es DIREPRO. 2. GENERALIDADES El Gobierno Regional Cusco está ubicado en la calle Tomasa Titto Condemayta S/N en la ciudad del … WebMisión La Red de Servicios de Salud Cusco Norte, Ejecutora 407, promueve, previene, recupera y rehabilita la salud de la población jurisdiccional, priorizando a los grupos más … Artículo 198°. !.\ Gobierno Regional. Su sigla es ESABAC. WebIV. ORGANIZACIóN GUBERNAMENTAL WebMISIÓN MISIÓN INSTITUCIONAL – PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL 2020-2023 “Conducir la gestión publica orientada al desarrollo integral y sostenible de la región … Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial - La Oficina de Contabilidad es un órgano técnico normativo de apoyo de tercer nivel organizacional, responsable de programar, conducir, coordinar, orientar y ejecutar las acciones de los diversos procesos del Sistema de Contabilidad, así como, consolidar a nivel del pliego presupuestal los estados financieros y presupuestales de las unidades ejecutoras que conformar el pliego del Gobierno Regional. Proyecto Especial Plan MERISS. - Son funciones de la Oficina de Imagen Institucional y Relaciones Públicas: Artículo 107°.- Oficina de Imagen Institucional y Relaciones Públicas, mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 108°. Su sigla es SGDI. -La Jurisdicción del Gobierno Regional del Cusco, comprende el ámbito territorial del Departamento de Cusco. El Jefe de la Oficina Regional de Control Institucional adoptará las medidas pertinentes para la cautela y custodia del acervo documental; Cautelar que el personal de la Oficina Regional dé cumplimiento a las normas y principios que rigen la conducta, impedimentos, incompatibilidades y prohibiciones de los funcionarios y servidores públicos, de acuerdo a las disposiciones de la materia; Mantener en reserva la información clasificada obtenida en el ejercicio de sus actividades; Otras funciones que establezca la Contrataría General de la República. Sexta.-Los Proyectos Especiales Regionales presentarán en un plazo de sesenta (60) días sus respectivos manuales de operaciones para su aprobación. Plataforma digital única del Estado Peruano, Denuncia actos de corrupción de funcionarios de esta entidad, Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), Solicitar boletas de pago o certificado de trabajo al Gobierno Regional de Cusco, Acceder a las cotizaciones públicas del Gobierno Regional de Cusco, Obtener la acreditación como guía oficial de turismo especializado, Solicitar la concesión de beneficio minero, Presentar una oposición al petitorio de concesión minera, Consultar estado de trámite en el Gobierno Regional de Cusco, Todos los compendios de normas y documentos legales, Todos los compendios de informes y publicaciones, Texto único de procedimientos administrativos (TUPA), Política de privacidad para el manejo de datos en Gob.pe. Artículo 19°. - La Oficina de Tesorería es un órgano técnico y normativo de apoyo de tercer nivel organizacional, responsable de programar, conducir, coordinar, orientar y ejecutar las acciones de los diversos procesos correspondientes al Sistema de Tesorería en el Gobierno Regional. Promover la formación de empresas y unidades económicas regionales para concertar sistemas productivos y de servicios. Desarrollar circuitos turísticos que puedan convertirse en ejes de desarrollo. Su sigla es SGCAA. Su sigla es ORAD. Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM. - Son funciones de la Subgerencia de Equipo Mecánico: Artículo 148°.- La Subgerencia de Equipo Mecánico, mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 149°. Brindar atención integral de salud especializada demandante y referencial con calidad, calidez y oportunidad, contribuyendo a la … MISIÓN. Los derechos económicos que genere por las privatizaciones y concesiones que otorgue y aquellos que perciba del Gobierno Nacional en el mismo concepto. Desde el inicio de las actividades del Gobierno Regional del Cusco en el año 2003 en que se aprobó el ROF que antecede al presente y luego de una evaluación de la estructura orgánica implementada en la etapa inicial, se ha considerado necesario efectuar una reestructuración orgánica y por consiguiente la reformulación del Reglamento de Organización y Funciones, principal documento de gestión, teniendo como sustento la necesidad de una estructura orgánica más funcional, eliminando la superposición y duplicidad de funciones en determinadas unidades orgánicas, suprimiendo algunas y creando nuevas, en virtud de las experiencias acumuladas en este período, así como también para poder asumir a plenitud la transferencia de funciones de carácter sectorial que ha ejecutado el Gobierno Nacional a los gobiernos regionales. - El Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador de primer nivel organizacional del Gobierno Regional del Cusco, está integrado por dieciséis (16) Consejeros Regionales elegidos por sufragio directo por un periodo de 4 años. -Son Recursos del Gobierno Regional del Cusco. Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares. - La Subgerencia de Presupuesto, es un órgano técnico normativo de asesoramiento de tercer nivel organizacional, responsable de implementar en el Gobierno Regional del Cusco la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Leyes Anuales de Presupuestos del Sector Público y demás normas complementarias del Sistema del Presupuesto Público. La Región Cusco será un espacio de gestión de desarrollo, con una adecuada y eficiente integración y articulación Inter. Promover una Gestión Regional de derecho, planificada, ética, efectiva y competitiva al servicio de la población. Artículo 1°. Artículo 48°.- Los miembros del Consejo de Coordinación Regional emiten opinión consultiva concertando entre si sobre: Artículo 49°.-El Consejo de Coordinación Regional no ejerce funciones ni actos de gobierno, la ausencia de acuerdos por consenso no impide al Consejo Regional decidir sobre lo pertinente. -Son funciones de la Secretaría Técnica del Santuario Histórico de Machupicchu: Artículo 41°.- La Secretaría Técnica del Santuario Histórico de Machupicchu mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 42°. - La Subgerencia de Obras es un órgano de línea de Tercer Nivel Organizacional, responsable de la ejecución de proyectos de inversión con estudios de pre inversión viables y expedientes técnicos detallados aprobados, en materias de viabilidad, comunicaciones y construcciones. Artículo 234°. Artículo 4°. Su sigla es GRRNGMA. Micaela Bastidas 480, Wanchaq Cusco Perú, Gerencia Regional de Vivienda Constuccion Y saneamiento, Sub Gerencia de Cobertura Construcción y Saneamiento, Subgerencia de Prestaciones de Vivienda y Urbanismo, Proyectos de Infraestructura de Ejecución, MONITOREO DE CLORO RESIDUAL CCATCCA – QUISPICANCHI, FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES – ECHARATE – LA CONVENCION, CLXXXIX ANIVERSARIO DE LA PROVINCIA DE CANAS, CLXX XIX ANIVERSARIO DEL DISTRITO DE CHECACUPE, CLXXXIX ANIVERSARIO DE LA PROVINCIA DE CANCHIS, II CONCURSO DE JASS CUSIPATA – QUISPICANCHI, Sub Gerencia de Cobertura, Construcción y Saneamiento, Subgerencia de Prestaciones de Vivienda y Urbanismo. Funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades. Las operaciones de crédito externo requieran el aval o garantía del Estado y se sujetan a la Ley de Endeudamiento Público. 5 establece que: "La misión de los gobiernos … Artículo 97º. El Plan de Desarrollo Regional Concertado. - Son funciones de la Subgerencia de Obras: Artículo 145°.- La Subgerencia de Obras, mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 146°. Octava.-Crear la Gerencia Subregional Amazónica que comprende el ámbito de la provincia de La Convención con sede en la ciudad de Quillabamba. Organizamos y conducimos la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias constitucionales exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región. Los Recursos asignados del Fondo de Compensación Regional. Artículo 69º. Promover el mejoramiento de capacidades a través de la gestión del conocimiento y la cultura corporativa, Garantizar que los procesos de seguimiento, supervisión, evaluación, monitoreo y control sean instrumentos que garanticen el logro de objetivos y metas programadas, La Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización. Artículo 81º. 5. - La Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares es un órgano técnico normativo de apoyo de tercer nivel organizacional, responsable de programar, ejecutar, orientar, dirigir, supervisar y evaluar las acciones de los diversos procesos técnicos del Sistema de Abastecimiento y la atención oportuna de servicios auxiliares. Organizar y aprobar los expedientes técnicos sobre acciones de demarcación territorial en su jurisdicción, conforme a la ley de la materia. Difusión de la cultura y potenciación de todas las instituciones artísticas y culturales regionales. Su sigla es SGNGSR.. Artículo 189. Ley Nº 28059, Ley Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM. Artículo 50°.-El funcionamiento y régimen de sesiones del Consejo de Coordinación Regional será establecido en su Reglamento Interno, el mismo que es aprobado por Ordenanza Regional. Las asignaciones y transferencias específicas para su funcionamiento que se establecen en las leyes anuales de presupuesto. Lograr mayor eficiencia en la utilización de los recursos del Gobierno Regional, por tanto se elimina la duplicidad, superposición, interferencia, de competencias, funciones y atribuciones entre sus órganos y unidades orgánicas y otras entidades. Websomos un gobierno local autónomo, eficiente con sistemas administrativos transversales que presta servicios públicos de calidad y calidez para el bienestar y desarrollo de la población santiaguina, promoviendo la dignidad de las personas, el ejercicio de los derechos humanos y ciudadanos con igualdad de género, priorizando la población … Artículo 55º. WebVisión. 6. Los recursos asignados por concepto de canon, sobre canon y regalías. - Son funciones de la Subgerencia de Normatividad y Gestión Social Regional: Artículo 190°.- La Subgerencia de Normatividad y Gestión Social Regional mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 192°. Artículo 207°. Artículo 133°. Artículo 171°.- El Archivo Regional del Cusco, mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 170°.- El Archivo Regional del Cusco, para el cumplimiento de sus funciones, formula y propone su Reglamento de Organización y Funciones, para su aprobación mediante Ordenanza Regional. Escuela Superior Autónoma de Bellas Artes ¨Diego Quispe Tito¨. - Son funciones de la Subgerencia de Comunidades Andinas y Amazónicas: Artículo 168°.- La Subgerencia de Comunidades Andinas y Amazónicas, mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 172°. Al menos la tercera parte de los representantes de la sociedad civil deberá corresponder a instituciones de empresarios y productores. Educación. Al 2021, el colegio San José-La Salle será una institución de calidad, referente en la región Cusco, por sus servicios educativos, donde los estudiantes aprenden, son … Es una entidad con personería jurídica de derecho público, y con autonomía política, económica y administrativa. Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y las Leyes Anuales de Presupuesto. Artículo 26°. - La Gerencia General Regional es el órgano ejecutivo de primer nivel organizacional del Gobierno Regional del Cusco, responsable de conducir, supervisar y controlar las acciones administrativas del Gobierno Regional. Regular y otorgar las autorizaciones, licencias y derechos sobre los servicios de su responsabilidad. Su sigla es ARC. Diseñar, proponer e implementar políticas, estrategias y métodos en materia de Cooperación Técnica Internacional, en armonía con los objetivos y políticas del Gobierno Regional; Elaborar, proponer y ejecutar el Plan Anual de Cooperación Técnica Internacional, de acuerdo con la demanda y oferta de recursos; Conducir, orientar y dirigir los requerimientos de Cooperación Técnica Internacional demandados por las instancias orgánicas del Gobierno Regional; así como, coordinar la validación de proyectos que requieran Cooperación Técnica Internacional, previa evaluación; Elaborar y mantener actualizado el Registro de Entidades, Instituciones de Cooperación Técnica Internacional y/o Fuentes Cooperantes; Elaborar y mantener actualizado el Registro de Organismos no Gubernamentales que desarrollan actividades en el ámbito Regional; Gestionar la obtención de recursos de fuentes de Cooperación Internacional para el cumplimiento de los objetivos del Gobierno Regional, incluidos los que correspondan al fortalecimiento institucional; Coordinar con entidades nacionales e internacionales relacionadas con el ámbito de su competencia; Desarrollar acciones orientadas al cumplimiento de la Ley que crea el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable (SINDCIN); Emitir opinión técnica en los asuntos de su competencia; Formular el Programa Anual de Cooperación Técnica y Financiera Internacional de la Región, en armonía con los objetivos, metas y políticas del Desarrollo Regional Concertado; Promover en las instituciones públicas y privadas la generación de Proyectos de Cooperación Técnica Internacional, que respondan a los objetivos del Plan de Desarrollo Regional Concertado; Realizar el seguimiento técnico y evaluación de las actividades de Cooperación Técnica Internacional y elaborar informes periódicos; Difundir y velar por el cumplimiento de las normas vigentes sobre Cooperación Técnica y Financiera Internacional entre las instituciones públicas y los Organismos No Gubernamentales; así como proponer la modificación o actualización de las mismas; Coordinar, orientar y normar el Sistema de Cooperación Técnica Internacional en el ámbito regional; Gestionar y facilitar el aporte de la cooperación internacional y las empresas privadas en programas de desarrollo regional; Establecer coordinaciones con organismos cooperantes que otorgan becas y crédito educativo, así como mantener un banco de información sobre becas de estudio y capacitación que beneficie a la población en general; Gestionar convenios, acuerdos y proyectos de cooperación técnica internacional y realizar el seguimiento y evaluación de los mismos; Planear, organizar, integrar, dirigir y evaluar las políticas y planes regionales en materia de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana en el ámbito de su competencia, en concordancia con las políticas generales de gobierno y los planes sectoriales; Participar en la difusión de la doctrina y educación de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, promoviendo la formación cívico patriótica de la población en el ámbito del Gobierno Regional; Asesorar, participar y velar por el estricto cumplimiento de la normatividad referida al Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), en lo concerniente al Gobierno Regional del Cusco, velando asimismo por el cumplimiento de la normatividad vigente, que regule aspectos sobre Defensa Civil, Defensa Nacional y Seguridad Ciudadana de aplicación regional; Planear, programar, ejecutar y supervisar las acciones de Defensa Nacional en el ámbito regional y compatibilizar los planes estratégicos regionales con las políticas de Defensa Nacional; Coordinar y concertar acciones pertinentes a la Defensa Nacional, con las municipalidades provinciales y distritales, así como con la población en los ámbitos regionales; Efectuar el planeamiento, preparación y ejecución de la movilización regional concordante con las responsabilidades asignadas en el Plan de Movilización Nacional del Sistema de Defensa Nacional; Formular, proponer, ejecutar, dirigir, controlar y evaluar las políticas del Sistema Regional de Defensa Civil – SIREDECI, en concordancia con las políticas generales de gobierno y los planes sectoriales; Desarrollar acciones referidas a las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil que sean de su competencia, así como de las evaluaciones de riesgo y similares que soliciten los administrados; Organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y en caso de ocurrencia, brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados, con el fin de lograr la rehabilitación de las zonas afectadas, involucrando a los demás órganos del Gobierno Regional u otras instituciones públicas y privadas del ámbito regional; Promover y facilitar la formación y equipamiento de Compañías de Bomberos Voluntarios en la Región; Organizar y realizar simulacros y simulaciones en los centros laborales, educativos, comunales, públicos y privados de la jurisdicción regional; Coordinar y supervisar acciones tendientes a evitar el poblamiento en zonas de riesgo;; Coordinar y participar en las acciones del Centro de Operaciones de Emergencia de la Región - COER y sus Comisiones; Promover y apoyar la educación y seguridad vial; Estudiar y analizar la problemática de la Seguridad Ciudadana Regional, a fin de formular las directivas sobre la materia con el objeto de reducir y/o eliminar las causas que motivan la violencia, criminalidad organizada y delincuencia común a nivel regional; Formular, dirigir, regular, ejecutar, promover y supervisar las acciones orientadas a la prevención de la violencia, promoviendo una cultura de paz, orden y seguridad; Asesorar, apoyar e implementar la conformación del Comité Regional de Seguridad Ciudadana; Asesorar y apoyar al Comité Regional de Seguridad Ciudadana en la formulación de los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como en la ejecución de los mismos en la jurisdicción regional, en el marco de la política nacional diseñado por el CONASEC. - La Oficina de Imagen Institucional y Relaciones Públicas es un órgano de apoyo de segundo nivel organizacional, responsable de desarrollar estrategias de imagen institucional, protocolo, relaciones públicas y prensa del Gobierno Regional, así como difundir los logros alcanzados ante la opinión pública. Es responsable de brindar atención integral a los menores en estado de abandono moral y material ingresados a la Aldea por disposición judicial, encargándose de su formación, alimentación, salud, educación formal y ocupacional, capacitación en todos sus niveles, preparándolos para la vida en sociedad durante el tiempo que dure su internamiento. Artículo 100º. Su sigla es: SGNGA. WebDe acuerdo con los compromisos asumidos por el INEI, se proporcionará al Gobierno Regional del Cusco y a la CNA el Sistema de Información Censal, sobre la base de los … Su sigla es GRPPAT. Artículo 225°.- El Proyecto Especial Regional IMA mantiene las siguientes líneas de interrelación: al “Plan MERISS”, mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 227°.- El Proyecto Especial Regional “Instituto de Manejo del Agua y Medio Ambiente – IMA”, para el cumplimiento de sus funciones, formula y propone su Manual de Operaciones, para su aprobación mediante Resolución Ejecutiva Regional. Las operaciones de crédito externo se sujetan a la Ley de Endeudamiento Público; Autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional del Cusco; Aprobar la creación, venta, concesión o contratos, disolución de sus empresas y otras formas empresariales, bienes y/o activos regionales, conforme a la Constitución y la Ley; Fiscalizar la gestión y conducta pública de los funcionarios del Gobierno Regional del Cusco y, dentro de ello, llevar a cabo investigaciones sobre cualquier asunto de interés público regional; Proponer ante el Congreso de la República las iniciativas legislativas en materias y asuntos de su competencia; Proponer la creación, modificación o supresión de tributos regionales o exoneraciones, conforme a la Constitución y la Ley; Aprobar el Programa de Promoción de Inversiones y Exportaciones Regionales; Aprobar el Plan de Competitividad Regional, los acuerdos de cooperación con otros gobiernos regionales e integrar las estrategias de acciones macro regionales; Definir la política permanente del fomento de la participación ciudadana; Aprobar el Plan Regional de Desarrollo de Capacidades Humanas y el Programa de Desarrollo Institucional; Las demás funciones que les corresponda de acuerdo a Ley. Artículo 209°.- La Aldea Infantil “Juan Pablo II del Cusco”, mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 208°.- La Aldea Infantil “Juan Pablo II del Cusco”, para el cumplimiento de sus funciones, formula y propone su Reglamento de Organización y Funciones, para su aprobación mediante Ordenanza Regional. Artículo 137º. -Son funciones de la Procuraduría Pública Regional: Artículo 60°.-La Procuraduría Pública Regional, mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 27°. Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. Conducir y ejecutar las acciones de coordinación del Gobierno Regional del Cusco con los ministerios, órganos públicos descentralizados, órganos rectores de los sistemas administrativos y otros a fin de canalizar acciones administrativas por encargo de las unidades orgánicas del Gobierno Regional; Efectuar coordinaciones con instituciones públicas y privadas con sede en la ciudad de Lima a fin de facilitar las gestiones diversas a favor de los programas y proyectos del Gobierno Regional; Prestar apoyo logístico a las comisiones de trabajo que realicen gestiones en la ciudad de Lima; Efectuar el seguimiento de las gestiones que las diferentes instancias del Gobierno Regional le encomienden en la ciudad de Lima; Brindar apoyo a los gobiernos locales y otras instituciones del ámbito regional, en las acciones de coordinación que lo soliciten; Representar al Gobierno Regional por delegación expresa del Presidente Regional, Gerente General Regional, o gerentes regionales, en gestiones y eventos que se realicen en la ciudad de Lima; Otras funciones que le asigne la Gerencia General Regional; Asesorar a la Presidencia Regional, Gerencia General Regional, Gerencias Regionales y Oficinas Regionales en aspectos jurídicos, legales, normativos y administrativos que le sean consultados para su opinión y tramite; Emitir opinión y atender las consultas formuladas, respecto al contenido y alcance jurídico de los dispositivos constitucionales, legales y administrativos, relacionados con las actividades del Gobierno Regional; Recopilar, analizar, compendiar, sistemáticamente y difundir la legislación relacionada con los Gobiernos Regionales; Formular resoluciones, contratos, convenios, y demás documentos que el Gobierno Regional deba emitir y/o celebrar con terceros, para el desarrollo de sus actividades; Dictaminar sobre recursos impugnativos interpuestos contra los actos administrativos, en segunda y última instancia; Revisar y visar los actos administrativos emitidos por la Presidencia Regional, Gerencia General Regional, Gerencias Regionales y Oficinas Regionales del Gobierno Regional; Informar, opinar y absolver consultas sobre proyectos de ordenanzas regionales, acuerdos regionales, decretos regionales, resoluciones ejecutivas regionales, resoluciones gerenciales generales regionales, resoluciones gerenciales y resoluciones directorales que formulen las diferentes dependencias del Gobierno Regional; Conformar parte de los Órganos Colegiados y de las Comisiones dispuestas por la Presidencia Regional, que requieran apoyo en materia legal; Diseñar, proponer y dirigir políticas, objetivos, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo integral de la Región Cusco de manera concertada y participativa, en concordancia con las políticas nacionales y planes sectoriales; Diseñar e implementar guías, metodologías y normas técnicas relacionadas a la función general y a las funciones específicas y sectoriales en materia de su competencia; Formular y promover planes, programas y proyectos señalados en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Conducir estudios básicos de soporte para la inversión en el ámbito regional; Promover alianzas estratégicas para impulsar la inversión pública regional con participación del sector privado; Proponer políticas y estrategias de desarrollo institucional y desarrollo de capacidades humanas; Implementar adecuadamente los Sistemas Nacionales de: Presupuesto Público, Endeudamiento Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión del Estado, en lo que corresponda al Gobierno Regional; Implementar adecuadamente el proceso de Ordenamiento Territorial, Demarcación Territorial, Información Geográfica y Administración de Terrenos del Estado; Planificar y desarrollar acciones de ordenamiento y delimitación en el ámbito del territorio regional y organizar evaluar y tramitar los expedientes técnicos de demarcación territorial, en armonía con las políticas y normas de la materia; Conducir la formulación de guías metodológicas y normas técnicas relacionadas a los procesos de evaluación y monitoreo de las actividades y proyectos de inversión; Diseñar y proponer los indicadores de gestión de las actividades sectoriales y proyectos de competencia del Gobierno Regional; Desarrollar estrategias de fomento a la participación ciudadana; Desarrollar procesos de actualización y capacitación en materias de su competencia; Refrendar los actos de la Presidencia Regional y de la Gerencia General Regional que incluyen: decretos regionales, resoluciones ejecutivas regionales y resoluciones gerenciales generales regionales; Coordinar, implementar, gestionar y evaluar el Sistema de Información Regional; Emitir resoluciones gerenciales en materia de su competencia; Subgerencia de Programación e Inversiones. Gerencia Regional de RRNN y Gestión del Medio Ambiente, Dirección Regional de Agricultura WebVISIÓN. - La Dirección Regional de Agricultura es un órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, que tiene a su cargo las funciones específicas en materia agraria, señaladas en el Artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobierno Regional en lo que le corresponda. -Los funcionarios y servidores del Gobierno Regional del Cusco se sujetan al régimen laboral de la actividad pública regulada por el Decreto Legislativo Nro. Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Su sigla es SGNGER. Facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, la agroindustria, la artesanía, la actividad forestal y otros sectores productivos, de acuerdo a sus potencialidades. - El Consejo de Coordinación Regional tendrá la siguiente composición: Artículo 47º. - Los principios rectores de las políticas y la gestión del Gobierno Regional del Cusco, se rigen por lo señalado en el artículo 8° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, siendo estos: Artículo 11º. Proponer al Consejo Regional las iniciativas legislativas; Proponer y celebrar los contratos de las operaciones de crédito interno y externo aprobadas por el Consejo Regional; Promover y celebrar convenios con instituciones académicas, universidades y centros de investigación públicos y privados para realizar acciones de capacitación, asistencia técnica e investigación; Promover y participar en eventos de integración y coordinación macro regionales; Proponer y ejecutar las estrategias y políticas para el fomento de la participación ciudadana; Asistir a las sesiones del Consejo Regional cuando lo considere necesario o cuando éste lo invite, con derecho a voz; Cumplir en lo que le corresponda, lo establecido en la normatividad del Sistema Nacional de Defensa Civil, Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y Sistema Nacional de Inversión Pública; Presidir las sesiones de los consejos y comités regionales especializados; - El Presidente Regional quien lo preside pudiendo delegar tal función en el Vicepresidente Regional. Artículo 25°.- La Presidencia Regional, mantiene relaciones interinstitucionales con el Poder Ejecutivo, Poder Judicial, con otros Gobiernos Regionales, Universidades, Colegios Profesionales, Centros de Investigación y otras instituciones públicas y privadas comprometidas con el desarrollo regional. Artículo 203°.- La Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mantiene las siguientes líneas de interrelación: Artículo 202°.- La Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, para el cumplimiento de sus funciones, formula y propone su Reglamento de Organización y Funciones para su aprobación mediante Ordenanza Regional. - La Aldea Infantil “Juan Pablo II del Cusco”, es un órgano desconcentrado de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, ubicado en la ciudad del Cusco. Igualmente, en la supervisión y evaluación de su ejecución; Asesorar y apoyar al Comité Regional de Seguridad Ciudadana en el cumplimiento de sus funciones; Diseñar, proponer e implementar políticas, estratégicas y métodos en materia de articulación intergubernamental para la prevención y solución de conflictos, en armonía con los objetivos y políticas del Gobierno Regional; Desarrollar mecanismos para establecer relaciones entre las diferentes instituciones de la Administración Pública de la Región y la sociedad civil, buscando consensos, prestando asistencia técnica y cooperación entre todas; Desarrollar la identificación, análisis y monitoreo de los conflictos sociales, latentes y activos de la región, así como el seguimiento de acuerdos y compromisos, a través de la elaboración y sistematización de expedientes, bases de datos, mapeos, registros, estadísticas e indicadores de las zonas de intervención, y la elaboración de estudios e investigaciones especializadas, en coordinación con los órganos e instituciones competentes; Implementar niveles de coordinación con el Gobierno Nacional y los Gobiernos Locales, con énfasis en las competencias compartidas; Proponer, desarrollar y ejecutar acciones para establecer las relaciones entre las entidades e instituciones del Gobierno Nacional, Gobierno Regional, gobiernos locales, organismos constitucionales, organismos públicos y privados y la sociedad civil, a fin de atender y promover la participación y concertación social en la gestión de gobierno y en materias de interés regional; Proponer las políticas regionales orientadas a la articulación intergubernamental, prevención y atención de conflictos, en concordancia con las políticas nacionales sobre la materia y en coordinación con los órganos y unidades orgánicas del Gobierno Regional del Cusco, que deban intervenir según especialidad; Proponer, implementar y coordinar mesas de diálogo, comisiones o similares que se conformen en el ámbito de la Región Cusco, con el propósito de conciliar, dialogar y transigir los intereses de las partes en conflicto y en su caso establecer las estrategias y mecanismos que puedan favorecer y conducir a una conciliación y solución de conflictos en forma pacífica y eficiente para garantizar la paz social regional; Coordinar, apoyar y orientar al Presidente Regional en las funciones que ejerce como Presidente del Consejo de Coordinación Regional y su participación según el régimen de sesiones establecido en el Reglamento Interno de Consejo; Coordinar, apoyar y orientar al Presidente Regional en las funciones que ejerce como Presidente de la Unidad de Gestión de Machupicchu y su participación según el régimen de sesiones establecido en su Reglamento Interno; Apoyar y participar en eventos de integración y coordinación macro regionales, en coordinación con las dependencias responsables y los actores principales, en las funciones de su competencia; Prestar asistencia, asesoría y apoyo técnico y administrativo al Presidente Regional, en materia de su competencia; Coordinar la planificación, organización y supervisión de las actividades en materia de su competencia; Mantener actualizado el registro de la documentación y sus antecedentes del Gobierno Regional, así como transcribir y certificar sus copias; Organizar, coordinar y desarrollar las actividades referidas a la recepción, registro, clasificación, distribución y control de la correspondencia que emite y recibe el Gobierno Regional; Derivar en el mismo día de su recepción, la documentación oficial a las instancias y órganos competentes del Gobierno Regional; Efectuar y controlar las actividades referidas al Archivo Central Institucional del Gobierno Regional y coordinar las acciones de depuración, transferencia y eliminación de documentos, de acuerdo a ley; Efectuar la notificación, distribución y archivo de las Resoluciones emitidas por el Gobierno Regional; Remitir en forma permanente al Consejo Regional y Órganos que corresponda las copias autenticadas de los decretos regionales, resoluciones ejecutivas regionales y resoluciones de Gerencia General Regional; Coordinar la actualización del Portal Electrónico del Gobierno Regional con la información de aquellos dispositivos expedidas por el Presidente Regional; Establecer mecanismos para promover la cultura de probidad, transparencia, justicia y servicio público, establecido en la Ley de Código de Ética de la Función Pública; Diseñar, establecer, aplicar y difundir los incentivos y estímulos, así como, los mecanismos de protección a favor de los empleados públicos que denuncien el incumplimiento de la Ley del Código de Ética de la Función Pública y su Reglamento; Mantener la disponibilidad, custodia y conservación de la información y documentación para fines utilitarios, legales, científicos y de trámite documentario en general; Digitalizar la documentación bajo su responsabilidad, en la base de datos del Archivo Central; Efectuar el seguimiento de la documentación administrativa y sistematizar la información necesaria para hacer el seguimiento correspondiente; Realizar permanentemente coordinaciones con las instituciones conformantes del Comité Directivo y Comité Técnico del Santuario Histórico de Machupicchu, sobre las actividades orientadas a la gestión integral del Santuario Histórico de Machupicchu; Elaborar la agenda de las sesiones del Comité Directivo de la Unidad de Gestión de Machupicchu, previa coordinación con el Presidente Regional, en su calidad de Presidente de la UGM; Formular y preparar la documentación relativa a los asuntos a tratarse en las Sesiones del Comité Directivo de la UGM y velar por su distribuir oportuna a su miembros; Formular las convocatorias para las Sesiones del Comité Directivo;; Verificar que las Sesiones del Comité Directivo de la UGM, se realicen con el quórum legal correspondiente; Redactar las Actas de las Sesiones del Comité Directivo de la UGM, las que deben ser presentadas para su aprobación y posterior distribución, procediendo a asentarlas en el respectivo Libro de Actas; Mantener la disponibilidad, custodia y conservación las Actas del Comité Directivo de la UGM y demás documentación; Proponer al Comité Directivo, directivas para la buena marcha de la UGM; Velar por el cumplimiento de los reglamentos y otros dispositivos legales vigentes relacionados al SHM; Someter a consideración del Comité Directivo los acuerdos del Comité Técnico de la UGM; Otras funciones que le sean asignadas por Presidencia Regional; Dirigir y supervisar las actividades administrativas en el Gobierno Regional del Cusco, en el marco de lo establecido en las normas nacionales de descentralización y sistemas administrativos, cumpliendo y haciendo cumplir las ordenanzas y acuerdos del Consejo Regional y las disposiciones del Presidente Regional; Proponer políticas y estrategias de gestión institucional para impulsar el desarrollo regional, así como aquellas orientadas a mejorar la calidad de los servicios públicos que ofrece el Gobierno Regional y sus diferentes instancias administrativas y sectoriales; Dirigir y articular la gestión regional propiciando el trabajo coordinado entre los órganos de asesoramiento, apoyo, línea y desconcentrados del Gobierno Regional del Cusco; Organizar y conducir la prestación de servicios públicos a cargo del Gobierno Regional; Orientar y conducir la formulación de propuestas sobre acuerdos de cooperación con instituciones públicas y privadas, locales, regionales y/o nacionales; Emitir resoluciones gerenciales generales regionales en asuntos de su competencia; Aprobar los informes de supervisión disponiendo la implementación de las recomendaciones y medidas correctivas; Informar permanentemente a la Presidencia Regional, sobre la gestión institucional; Revisar y sistematizar las políticas y estrategias para impulsar el Desarrollo Regional, propuestas por las Gerencias y Oficinas Regionales y ponerlas a consideración del Presidente Regional; Proponer al Presidente Regional los convenios y contratos a celebrar por el Gobierno Regional para su aprobación correspondiente; supervisando y controlando que la ejecución de los mismos se cumplan de acuerdo a las cláusulas establecidas y normas legales que correspondan; Establecer mecanismos y adaptar medidas para promover la cultura de probidad, transparencia, justicia y servicio público establecidos en la Ley del Código de Ética de la Función Pública; Otras funciones que le asigne la Presidencia Regional.
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