/Type /Pages LOS CONSTITUYENTES declaran conocer las normas contenidas en el artículo 179 de la Ley 26702 y en el artículo 247 del Código Penal, asumiendo en consecuencia las responsabilidades civiles y penales que pudieran derivarse de la falsedad o inexactitud de su declaración. /Type /Page 12 0 obj José mazana D casa veinte, san José Pinula, departamento de instrumento. PAR�GRAFO: El monto de dinero m�ximo garantizado mediante el presente contrato asciende a la suma de (Valor en Letras) ($Valor en n�meros). Si resultare que aplicado el producto del remate para cancelar las obligaciones que por todo concepto mantienen LOS CONSTITUYENTES con LA CAJA, así como los costos del remate, incluyendo los honorarios de EL REPRESENTANTE; quedare un saldo, éste les será entregado a LOS CONSTITUYENTES. Pueden ser objeto de garantía mobiliaria: Los vehículos terrestres de cualquier clase. /Resources << El acreedor garantizado podr� inspeccionar EL BIEN, as� como el cumplimiento de las obligaciones relacionadas a �ste, y a cargo EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), tales como vigencia de seguros, revisi�n t�cnico mec�nica, pago de impuestos y multas. yn?���2������0�?�(o��Z�������Ds�Ḽ�S*�T���9�s�mf"=������ܸ����k��t��0J�gdGº盯��c�P��'�v�s8[��Aa.V�B��^�v5}>߅R�a�aB"ֽ�v(���AQ�N�dJ����C�2��\U�b��t���2~��^C�)���
���O�W�m?v�)���%�xV�c�!���Iy������LɔLɔL��?��������Z�M`���}H�dJ�dJ�dJ�dJ�dJ�dJ�dJ�dJ�dJ�dJ�d��.��o�E��R�0=[���N+q��l!��Ǟ���E�c�=�3��%����ID��mI7Ow93���'�#
y%��5�}�}��w���g��{�v�W��?�t��h�-+�?�v횓V�ZYYX^�l�ŋ.�?o��e�%ųf�gL?a��)��&M�PX0j䰼�!��ެ�T��a�Z�&�A�S8Y�+�RcyU1}�oΜQ"���c���0��S�47�XO?���*��!M/Դ>O�8���A
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��n��������}6Yo. /Group << Las partes del presente contrato acuerdan que EL ACREEDOR GARANTIZADO podr� apropiarse de EL BIEN y tomarlo en pago total o parcial de las obligaciones garantizadas, por el 70% del valor que resulte para la respectiva clase, marca, modelo y a�o de EL BIEN seg�n se indique en la tabla de valores de la publicaci�n especializada o resultante del aval�o en los t�rminos pactados en este par�grafo. Si hubiese gravámenes posteriores a la garantía mobiliaria materia del presente contrato, EL REPRESENTANTE consignará a la orden del juez el saldo del precio de venta que hubiese después de haberse hecho cobro LA CAJA. << /Font << << LOS CONSTITUYENTES declaran que el lugar de depósito de los bienes entregados en garantía mobiliaria está ubicado en............................................ . EL ACREEDOR GARANTIZADO podr� contratar servicios de terceros para efectos de promocionar y vender EL BIEN o acudir a los procedimientos se�alados en el art�culo 69 de la Ley 1676 de 2013. /Descent -250 /ExtGState << WebConste por el presente documento, con firma notarialmente legalizada, EL CONTRATO DE PRESTAMO CON GARANTIA MOBILIARIA VEHICULAR, que celebran de una parte, … 2 En caso de incumplimiento de las obligaciones garantizadas, entregar la posesión del(de los) bien(es) a EL REPRESENTANTE para su venta o, en su defecto, a LA CAJA cuando ésta les notifique su decisión de proceder a la ejecución de la garantía mobiliaria, dentro de las 48 horas de recibida la correspondiente comunicación. c) En caso de ser necesario un tercer remate, previamente será necesario realizar una nueva tasación del(de los) bien(es) afectos en garantía y se tomará como precio base el 75% de la misma. k) Será aplicable supletoriamente a esta cláusula las normas sobre ejecución forzada señalada en los artículos 728 y siguiente del Código Procesal Civil. 8 Cuando como consecuencia de las visitas de inspección, LA CAJA determine que la garantía no respalda suficientemente el(los) crédito(s) otorgado(s), LOS CONSTITUYENTES, deberán sustituir los bienes materia de la presente garantía o, en su defecto, otorgar garantías adicionales. >> Webasumirá(n) todos los gastos y costos que se ocasionen con ello, incluyendo pero sin limitarse a: tarifas, expensas, avalúos al momento del otorgamiento o ejecución de la … /Tabs /S ... si tomamos como ejemplo la cantidad de U$176.89 lo multiplicamos por. endobj /Subtype /TrueType El pago derivado de la ejecución de la garantía mobiliaria se imputará al capital, los intereses que devengue, las primas del seguro pagadas por el acreedor, las costas y costos procesales, las penalidades, la indemnización por daños y perjuicios, los gastos y las comisiones, en ese orden, salvo pacto en contrario. SEGUNDA - OBLIGACI�N(ES) GARANTIZADA(S): EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) garantiza(n) a trav�s del presente contrato cualquier obligaci�n presente, pasada o futura que conjunta o separadamente haya(n) adquirido o adquiera(n) con EL ACREEDOR GARANTIZADO, conforme con los montos, condiciones y plazos que se estipulen en los documentos que las instrumentan, sus intereses corrientes y moratorios, seguros, derechos de registro del presente contrato, honorarios judiciales, gastos y costos de cobranza extrajudicial y/o judicial, gastos de ejecuci�n, de inspecci�n y guarda, de recaudo, comisiones, arancel judicial o su equivalente, o cualquier otro rubro en contraprestaci�n de servicios adicionales que le haya prestado EL ACREEDOR GARANTIZADO y dem�s obligaciones accesorias, o derivada de da�os y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del presente contrato, as� como todos los gastos a que haya lugar, hasta su pago total, sumas de dinero que se obliga(n) a cancelar con dineros de proveniencia licita. único de Identificación número mil seiscientos veinte espacio cero Los gastos que se generen de la inspección señalada serán por cuenta de LOS CONSTITUYENTES, incluso si LA CAJA optara por realizar la diligencia en presencia de un Notario o autoridad judicial. /Group << En base al artículo tres (3) de la Ley de Garantías Mobiliarias, esta garantía puede recaer sobre: Bienes corporales, los que son tangibles y pueden ser percibidos por los sentidos; bienes incorporales, que no se pueden tocar, son los de propiedad intelectual; y bienes derivados, que son los que se obtienen de otros originalmente gravados, es decir los frutos de los bienes muebles como consecuencia de su enajenación.3 3 Bienes incorporados, en ellos se encuentran los bienes muebles que por su incorporación en un bien inmueble de manera fija o permanente se convierten en bienes inmuebles por incorporación; pero que se consideran muebles por naturaleza. Parte de la contraprestación … /MediaBox [ 0 0 612 792 ] Si LOS CONSTITUYENTES o LA CAJA son demandados respecto a la propiedad de los bien(es) otorgado(s) en garantía. /Parent 1 0 R /Kids [ 3 0 R 4 0 R 5 0 R 6 0 R 7 0 R 8 0 R 9 0 R 10 0 R ] >> >> h) Permitir la revisi�n del dispositivo de localizaci�n vehicular por parte del prestador del servicio de localizaci�n, o quien este designe para tal asunto, cuando sea requerido por aquel. /GS8 31 0 R i) EL REPRESENTANTE ni LOS CONSTITUYENTES podrán intervenir como postores. /Type /Group -------------Notario , constituido en mi oficina profesional ubicada en la Adquirente: el tercero que por cualquier título adquiere un bien mueble afecto a la garantía mobiliaria. 3 0 obj /F1 12 0 R Guatemala, Guatemala, quien a su vez puede ser contactado al [ 278 0 0 0 0 0 0 0 333 333 0 0 278 333 278 0 556 556 556 556 556 556 556 556 556 556 333 0 0 0 0 0 0 722 722 722 722 667 611 778 722 278 556 0 611 833 722 778 667 778 722 667 611 722 667 0 0 0 0 0 0 0 0 556 0 556 611 556 611 556 333 611 611 278 278 0 278 889 611 611 611 611 389 556 333 611 556 0 556 556 500 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 722 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 278 0 0 0 0 0 778 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 556 0 0 0 0 0 0 0 556 0 0 0 278 0 0 0 611 0 611 ] >> Ejecutar extrajudicialmente la garantía constituida de conformidad con el presente contrato; o 2. ratifican y firman con el Notario que autoriza. WebCONTRATO DE GARANTÍA MOBILIARIA SOBRE VEHÍCULO AUTOMOTOR BSNC-FT6552 Página 1 de 8 Versión: JUL-2016 I. PARTES 1. >> 9 0 obj /StructParents 0 Panamericana Nº 250-260, inscrita en la Partida Electrónica N° 11000236, del Registro de Personas Jurídicas de Chiclayo, debidamente representada por su .........................., Sr. ................................., identificado con DNI Nº ....................., y por su ............................., Sr. ................................................., identificado con DNI Nº ................., según poderes inscritos en la aludida Partida Electrónica, a la que en adelante se le denominará LA CAJA; y de la otra parte, ..................................................., identificado con DNI N° .................., y su cónyuge, señora .............................................., con DNI N° ..................., ambos con domicilio común en .............................................. ................, a quienes en lo sucesivo se les denominará LOS CONSTITUYENTES; con la intervención de ....................................... (nombre o razón social de la persona natural o jurídica designada como representante) con DNI (RUC) N° ................., con domicilio en .............................................., (en caso de persona jurídica) inscrita en ......................................, debidamente representada por el señor ............................................, según poderes inscritos en ......................., a quien en adelante se le denominará EL REPRESENTANTE; en los términos y condiciones siguientes: (ver anexos) ANEXOS PRIMERA: LOS CONSTITUYENTES convienen en otorgar a favor de LA CAJA, primera y preferente Garantía Mobiliaria hasta por la suma de (signo monetario, monto, monto en letras) sobre el(los) bien(es) presente(s) de su propiedad, que se describe(n) en el Anexo I, el mismo que debidamente suscrito por las partes forma parte integrante del presente contrato, El Anexo I, precedentemente indicado, contiene la descripción del(de los) bien(es) otorgado(s) en garantía, en forma específica o genérica, según acuerdo de las partes y, si fuera el caso, la indicación de los datos de inscripción de dicho(s) bien(es) en un Registro Jurídico de bienes, cuando corresponda. /XObject << La fecha cierta del acto jurídico constitutivo. LOS CONSTITUYENTES autorizan a LA CAJA a realizar las operaciones de cambio de moneda necesarias al tipo de cambio vigente en LA CAJA el día en que se realice la respectiva operación. 14 0 obj close menu Language. La descripción se realizará preferentemente de forma específica o genérica, según lo acuerden las partes. WebSEXTA: VENCIMIENTO ANTICIPADO DE PLAZOS El BANCO está facultado a dar por vencidos todos los plazos de las Obligaciones Garantizadas, siendo exigible el íntegro … En esta clasificación también entran los inmuebles por destino, pues son bienes muebles que están reservados al uso o beneficio de un bien inmueble, aunque puedan separarse de él sin detrimento o depreciación. Un contrato es un acuerdo celebrado por dos partes que contiene una contraprestación. S.A., conforme al Artículo 7º de la Ley 1676 de 2013, tiene la calidad de Garantía Mobiliaria Prioritaria de Adquisición, debido a que el crédito otorgado por GIROS Y EL REPRESENTANTE extenderá los documentos de transferencia de propiedad del(de los) bien(es) otorgado(s) en garantía mobiliaria, otorgando los comprobantes de cancelación correspondientes. WebValor de la Garantía Mobiliaria: EL GARANTE MOBILIARIO, con arreglo a las disposiciones legales sobre la materia, Ley Nº 28677 – Ley de Garantía Mobiliaria, y sus modificatorias, en adelante la Ley Aplicable, declara bajo su total responsabilidad que el bien afectado en garantía mobiliaria es de su exclusiva propiedad. PAR�GRAFO: En trat�ndose de veh�culos de servicio p�blico, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) constituye(n), igualmente, por el presente documento Garant�a Mobiliaria sobre el �cupo� o �derecho de reposici�n�, raz�n por la cual la garant�a se extiende adem�s del veh�culo a dicho derecho, por lo que en caso de ejercicio de los mecanismos de pago directo, ejecuci�n especial, daci�n en pago o adjudicaci�n judicial del bien, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) renuncia(n) a reclamar el �cupo� o �derecho de reposici�n� sobre EL BIEN. /F1 12 0 R /ExtGState << /Image30 40 0 R << Conocimientos de embarque o títulos de análoga naturaleza. WebContrato de garantía mobiliaria - Read online for free. La mención expresa de que los bienes descritos servirán de garantía a la obligación garantizada. /Widths 18 0 R WebCONTRATO DE GARANTÍA MOBILIARIA SOBRE VEHÍCULO AUTOMOTOR I. PARTES 1. A falta de pacto la garantía mobiliaria afectará el bien mueble, sus partes integrantes y accesorios existentes al tiempo de la ejecución y, eventualmente, el precio de la enajenación, el nuevo bien mueble que resulte de la transformación del bien mueble afectado en garantía mobiliaria, la indemnización del seguro que se hubiese contratado y la justipreciada en el caso de la expropiación El incumplimiento de la obligación garantizada otorga al acreedor garantizado el derecho a adquirir la posesión y, en su caso, retener el bien mueble afectado en garantía mobiliaria. QUINTA - DECLARACIONES DE EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) : EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) declara(n) que: a) EL BIEN objeto del presente contrato es de su exclusiva propiedad, que lo adquiri�(ron) con justo t�tulo y de buena fe y con el producto de la financiaci�n otorgada por EL ACREEDOR GARANTIZADO, seg�n consta en los documentos que reposan en su poder, y no ha sido enajenado, ni en todo ni en parte, por acto anterior a la celebraci�n del presente contrato, ni tampoco prometido en venta, ni constituida garant�a mobiliaria sobre el mismo, y lo posee(n) en forma regular, pac�fica y p�blica, estando libre de grav�menes y limitaciones de dominio de cualquier clase como embargos, pleitos pendientes, condiciones resolutorias, adem�s no est� sujeto a inscripci�n de demanda, embargo, ni arrendamiento y, en todos los casos, se obliga(n) a salir al saneamiento, de acuerdo con la ley; b) La garant�a mobiliaria constituida por este instrumento no modifica, altera, ni causa novaci�n de obligaciones y/o garant�as, reales y/o personales, constituidas antes o despu�s del otorgamiento de esta garant�a a favor de EL ACREEDOR GARANTIZADO, con el mismo objeto de la que por este instrumento se otorga, o con objeto similar. /Encoding /WinAnsiEncoding 15 DECIMO CUARTA: LA CAJA podrá solicitar la ejecución judicial del(de los) bien(es) otorgados en garantía conforme a las disposiciones del presente contrato en cualquier momento y a su solo criterio. Si el acreedor garantizado tiene la posesión del bien dado en garantía mobiliaria y éste produce frutos o intereses, el acreedor garantizado los percibirá por cuenta del deudor, y los imputará a los intereses de la deuda garantizada y el exceso que hubiere al capital; salvo pacto en contrario. >> Si LOS CONSTITUYENTES incurren en las causales de resolución establecidas en los numerales 7.4, 7.5 y 7.8 de la cláusula sétima del presente contrato. 6 0 obj /Type /Catalog En caso de incumplimiento de esta obligaci�n, EL ACREEDOR GARANTIZADO a su discreci�n podr� hacer efectiva la garant�a en contra del adquirente de EL BIEN, o solicitar la sustituci�n del bien en garant�a o la subrogaci�n por el precio de venta o por los dineros que se reciban de la enajenaci�n como bien atribuible hasta el pago total de la obligaci�n garantizada. /FontFile2 17 0 R E n la ciudad de Guatemala, el veintiocho de abril de dos mil veintidós, Dicha inspección no debe perturbar la posesión pacífica y regular del constituyente o, en su caso, del eventual adquirente. >> PAR�GRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligaci�n(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasi�n a la contrataci�n del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, as� como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compa��a de seguros respectiva. La descripción del(de los) bien(es) a vender y de ser posible sus características. /AvgWidth 479 PARAGRAFO PRIMERO: EL ACREEDOR GARANTIZADO inscribir� el formulario de ejecuci�n en el Registro de Garant�as Mobiliarias, lo cual constituye notificaci�n a EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) de la ejecuci�n y remitiendo dentro de los cinco (5) d�as siguientes una comunicaci�n acompa�ada de la copia del registro de la ejecuci�n, a la direcci�n de correo electr�nico registrado en este contrato y en el Registro, en donde se le instruir� acerca del procedimiento a seguir de conformidad con lo pactado en el presente contrato. endobj … >> /Group << /GS7 30 0 R /Producer (PyPDF2) /Type /Page En caso que se conozca el lugar de ubicaci�n de EL BIEN, as� lo informar� EL ACREEDOR GARANTIZADO a la autoridad jurisdiccional para efectos de su aprehensi�n. /CS /DeviceRGB /Flags 32 %PDF-1.3 El poseedor del bien mueble afectado en garantía es responsable civil y penalmente, con la calidad de depositario, de la custodia y entrega inmediata del bien mueble a quien corresponda. tres mil setecientos tres espacio cero ciento tres (1620 03703 0103) /Resources << /F2 15 0 R /ExtGState << A partir de la inscripci�n del formulario de ejecuci�n en el Registro de Garant�as Mobiliarias, ser� obligaci�n de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), informarse acerca de las modificaciones y actualizaciones de la informaci�n en el Registro. endobj WebModelo Demanda de Ejecución Garantía Mobiliaria Nicaragua. 13.2 Recibido(s) el(los) bien(es) afecto(s) en garantía por EL REPRESENTANTE, éste procederá a la ejecución extrajudicial del(los) mismo(s) mediante el siguiente procedimiento: 1. /AvgWidth 521 PAR�GRAFO: Cuando la(s) obligaci�n(es) garantizada(s) haya(n) sido adquirida(s) por EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) para la adquisici�n de EL BIEN, se entender� que la garant�a mobiliaria que se constituye a trav�s del presente contrato, corresponde a la denominada Garant�a Mobiliaria Prioritaria de Adquisici�n. Conste por la presente el CONTRATO DE CONSTITUCION DE GARANTÍA MOBILIARIA, cuyas firmas serán legalizadas ante Notario Público o Juez de Paz –en ausencia del primero-, que otorga de una parte EL CONSTITUYENTE, cuya identificación y generales de ley se señalan en … D�CIMA CUARTA - T�RMINO DEL CONTRATO Y VIGENCIA DE LA INSCRIPCI�N EN EL REGISTRO DE GARANT�AS MOBILIARIAS: Las partes establecen que el t�rmino del presente contrato ser� hasta que se encuentren satisfechas la totalidad de las obligaciones garantizadas y la vigencia de inscripci�n del mismo en el Registro de Garant�as Mobiliarias ser� de diez (10) a�os, contados a partir de la fecha de la inscripci�n de la garant�a, la cual podr� preceder la firma del presente documento, para lo cual se autoriza su inscripci�n y ser� prorrogable por periodos de tres (3) a�os hasta la satisfacci�n total de la obligaci�n garantizada. /Font << WebPágina 1 de 6 CONTRATO DE GARANTÍA MOBILIARIA SOBRE VEHÍCULO AUTOMOTOR De una parte, EL(LOS) DEUDOR(ES) Y/O EL (LOS) GARANTE(S) obrando en la calidad indicada en el pie de firma del presente contrato y por la otra BANCO COLPATRIA MULTIBANCA COLPATRIA S.A., identificado con NIT 860.034.594-1, … 2. Algunos documentos de Studocu son Premium. En el caso de la subasta extrajudicial, el lugar y la fecha a partir de las cual el(los) bien(es) se encontrarán en exhibición así como el lugar y la fecha en que se llevará a cabo el remate de los mismos. Objeto sobre el que recae: El Registro de Garantías Mobiliarias tiene como objeto registrar las cargas o gravámenes impuestos sobre bienes muebles para garantizar el cumplimiento de una obligación. El valor de tasación y el precio de venta o el precio base, según se trate de venta directa o subasta. 14 3. /FirstChar 32 /Descent -210 2. EL ACREEDOR GARANTIZADO podr� solicitar a la autoridad jurisdiccional competente, que libre orden de aprehensi�n y entrega del bien y que el mismo se entregue y deposite en el lugar que indique EL ACREEDOR GARANTIZADO. >> El(los) bien(es) objeto de la subasta se sujetarán a las siguientes condiciones para su ejecución: a) El precio base será el equivalente al 75% de la valorización del(de los) bien(es) fijada en la cláusula Quinta de este contrato o de la tasación que ordene LA CAJA, en caso a su criterio sea conveniente efectuar tasación distinta. /FontWeight 400 << En el caso en el que el mecanismo de valoraci�n escogido por EL ACREEDOR GARANTIZADO sea por elaboraci�n de Aval�o, el perito avaluador contar� con un t�rmino de tres (3) d�as para realizar el aval�o. INTRODUCCIÓN espacio cero ciento tres (1553 04300 0103) extendido por el Registro /CS /DeviceRGB De manera general, si se modifican las categorías crediticias de LOS CONSTITUYENTES a una categoría de mayor riesgo a partir de deficiente; se encontraran incursos en un procedimiento concursal, en estado de cesación de pagos o atraso; convocaran a concurso de acreedores o fueran declarados en quiebra, salvo que LOS CONSTITUYENTES consiguieran al solo requerimiento de LA CAJA, garantía real o personal suficiente a juicio de LA CAJA, para responder por las obligaciones pendientes de pago. /FontBBox [ -503 -250 1240 750 ] /Contents 45 0 R CUARTA - LUGAR DE PERMANENCIA: EL BIEN permanecer� habitualmente en la direcci�n (indicar la direcci�n de permanencia del bien) de (Nombre Ciudad), sin perjuicio de que pueda utilizarse en el territorio nacional. /F4 22 0 R Si LOS CONSTITUYENTES realizan actos de disposición o constituyen otros gravámenes sobre los bienes afectados en garantía, con perjuicio de los derechos que le corresponde a LA CAJA como acreedor. /StructParents 4 conformidad con las estipulaciones contenidas en el presente VIGESIMA: Para todos los efectos del presente contrato, las partes intervinientes fijan como sus domicilios los consignados en la introducción de este contrato, en donde se les dejará todas las notificaciones y avisos a que hubiese lugar. /Type /Group /F4 22 0 R /Contents 33 0 R endobj /FontDescriptor 16 0 R Las construcciones en terreno ajeno hechas para un fin temporal. La información respecto al nombre de la compañía de seguros, el número de la póliza, la suma asegurada, el monto de la prima y los riesgos cubiertos así como las exclusiones se consignará, de ser el caso, en cada una de las Hojas Resumen que forman parte integrante del(de los) contrato(s) de crédito celebrado(s) o a celebrarse en el futuro que la presente garantía respalda. /Contents 35 0 R >> DECIMA: La garantía que se constituye por el presente contrato, no presupone en modo alguno la obligación por parte de LA CAJA para otorgar necesariamente a LOS CONSTITUYENTES préstamos o créditos por suma alguna, pues es facultativo de ésta aprobar o denegar las solicitudes de crédito que LOS CONSTITUYENTES le puedan presentar, de modo que la garantía se constituye con el objeto de respaldar los créditos, directos o indirectos, que LA CAJA ha concedido y/o que tuviese a bien otorgar a LOS CONSTITUYENTES mediante cualquier forma o modalidad, más intereses compensatorios y moratorios, comisiones y gastos autorizados y tributos, rigiéndose cada operación por las correspondientes disposiciones contractuales acordadas entre las partes, por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley 26702, por el Código Civil, las disposiciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP. Las naves y aeronaves. >> WebCONTRATO DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA MOBILIARIA (1) Conste por el presente instrumento un CONTRATO DE CONSTITUCIÓN DE GARANTÍA MOBILIARIA que … Web(III) MONTO MÁXIMO GARANTIZADO POR LA GARANTÍA MOBILIARIA: La garantía mobiliaria constituida en este documento responde hasta por el monto máximo de: … >> Decreto 51-2007 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Garantías Mobiliarias. Serán por cuenta de LOS CONSTITUYENTES todos los gastos producidos por la venta directa de los bien(es). endobj /S /Transparency /ExtGState << Se reduce la calificación registral gracias a la automatización. 16 15.6 EL REPRESENTANTE expedirá una constancia de adjudicación para los efectos tributarios correspondientes. >> >> << >> Si quedara un saldo a favor de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) y/o de acreedores concurrentes se proceder� a su consignaci�n en el dep�sito judicial del Banco Agrario, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo PSAA16-10451 del Consejo Superior de la Judicatura o aquel que lo modifique o sustituya. /ProcSet [ /PDF /Text /ImageB /ImageC /ImageI ] EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) declara(n) que voluntaria y expresamente acuerdan que la direcci�n de correo electr�nico que se indica al final del documento, � en su defecto la registrada en el Banco es la direcci�n para notificaciones, y que cualquier modificaci�n ser� informada a EL ACREEDOR GARANTIZADO. Fecha de celebración del contrato. 10 0 obj Venta Directa: Es la primera etapa del procedimiento de venta del(de los) bien(es) otorgados en garantía mobiliaria. de EL ACREEDOR GARANTIZADO , por la cantidad indicada, suma /GS7 30 0 R /Type /Group >> /Tabs /S DECIMO OCTAVA: Queda entendido que LOS CONSTITUYENTES autorizan a LA CAJA, para que pueda aplicar a la amortización y/o cancelación de sus deudas, vencidas y no pagadas, los montos que pudieran existir en cualesquiera de las cuentas que mantienen en LA CAJA, y para tal efecto esta última podrá en cualquier momento, y a su solo criterio, realizar la consolidación y/o la compensación entre los saldos deudores y acreedores que LOS CONSTITUYENTES pudieran tener en los depósitos que mantengan abiertos en LA CAJA, sin distingo de moneda. 11 0 obj 04300 0103) extendido por el Registro Nacional de las Personas de de Identificación al cual le corresponde el Código único de 2 0 obj /GS8 31 0 R El monto máximo garantizado por la garantía mobiliaria. /StemV 52 Yenifer Marielena de Leon Martínez 6650-14-9927 Contrato de Garantía Mobiliaria Definición Contrato de Garantia Mobiliaria Es el derecho real de garantía por el cual un deudor asegura el cumplimiento de una obligación, mediante la entrega de un bien mueble al acreedor u otra Todo tipo de maquinaria o equipo que conserve su carácter mobiliario. Los créditos, con o sin garantía mobiliaria. /Type /Page Los pontones, plataformas y edificios flotantes. /Type /Group : ; � � � � � � � � � � � � � � � � � � d� � $If gd� � $a$gd� � $a$gd� � $@&. << D�CIMA PRIMERA -EJECUCI�N ESPECIAL DE LA GARANT�A: Iniciada la ejecuci�n de conformidad con el tr�mite previsto de inscripci�n, aprehensi�n y valoraci�n dispuestos en la cl�usula NOVENA de este contrato, EL ACREEDOR GARANTIZADO podr� solicitar la enajenaci�n o la apropiaci�n de EL BIEN en pago de la obligaci�n garantizada, mediante el mecanismo de Ejecuci�n Especial de la garant�a en los t�rminos previstos en este contrato y en el art�culo 62 y siguientes de la Ley 1676 de 2013 y las normas que la reglamenten, adicionen, modifiquen o sustituyan. Sujetos que integran la garantía mobiliaria Acreedor garantizado: la persona en cuyo favor se constituye la garantía mobiliaria o quien hubiese adquirido, bajo cualquier título, la obligación garantizada. >> /Length1 170420 primera calle tres guion cuarenta y cinco Comercial Doña Delia, zona /Resources << Subasta Extrajudicial: Para el(los) bien(es) sobrantes EL REPRESENTANTE difundirá al mercado la venta del(de los) bien(es) afectos en garantía mediante subasta extrajudicial a través de los mismos mecanismos previstos en este contrato para la venta directa. Hazte Premium para leer todo el documento. >> número de teléfono más (+) quinientos dos, treinta y tres cuarenta y Las acciones o participaciones en sociedades o asociaciones, aunque sean propietarias de bienes inmuebles. SEGUNDA: LOS CONSTITUYENTES dejan expresa constancia que la garantía constituida por el presente contrato es indefinida y se mantendrá vigente hasta la total cancelación de todas las deudas y obligaciones que éstos tengan o pudieran tener frente a LA CAJA, no pudiendo demandar su liberación sino cuando no adeudasen suma alguna a LA CAJA. << /Type /Page Mantener comunicación con registros existentes o futuros. /F2 15 0 R DECIMO SEXTA: Las partes, convienen en designar como su representante a ..................................................... (Nombre o razón social de la persona natural o jurídica) a quien, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 47 de la Ley 28677, otorgan de manera irrevocable poderes suficientes para realizar y formalizar la transferencia del(de los) bien(es) mueble(s) afecto(s) en garantía mobiliaria, de conformidad con lo previsto en las cláusulas Décimo Tercera y Décimo Quinta del presente contrato, no pudiéndose tachar este poder de insuficiente. El acreedor garantizado, en caso de que tuviese la posesión del bien mueble, tendrá la calidad de depositario y deberá cuidarlo y mantenerlo en buen estado. /GS8 31 0 R A partir de la apropiaci�n, EL ACREEDOR GARANTIZADO ser� el due�o de EL BIEN y proceder� la inscripci�n de la propiedad en el Registro Nacional Automotor, para lo cual EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR (ES) se comprometen a suscribir los documentos necesarios para hacer efectivo este derecho de EL ACREEDOR GARANTIZADO. >> una sola de los intereses pactados dará derecho a EL ACREEDOR. >> WebEL PRESTAMO no incluye los gastos que son necesarios para el perfeccionamiento e inscripción de la Garantía Mobiliaria a favor de LA CAJA, referida a la cláusula Undécimo del presente contrato, los mismos que serán asumidos por … La garantía mobiliaria es suscrita por las partes en formularios aprobados por la Superintendencia nacional de los Registros Públicos (SUNARP) y extendida por el Notario en su archivo, a solicitud de alguna de las partes interesadas en su otorgamiento. El avaluador analizar� las observaciones y comentarios dentro de los tres (3) d�as siguientes a su recepci�n y entregar� el aval�o definitivo de EL BIEN, el cual ser� obligatorio para EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) y EL ACREEDOR GARANTIZADO.
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