Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención que le compete, no encontrando reparos de orden legal que formular. LISTA DE LAS ENFERMEDADES ANIMALES Y ZOONOSIS EXOTICAS. WebEN SANIDAD ANIMAL. pedido, acompañando los datos correspondientes a su Art. Prohibición absoluta o condicional de celebrar exposiciones y/o ferias y del transporte y circulación del ganado. Que la Resolución Nº 32 del 4 de mayo de 2001 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA otorga a la Coordinación de Cuarentenas, Fronteras y Certificaciones responsabilidades con el fin de prevenir el riesgo de introducción y difusión de enfermedades exóticas emergentes y/o de alto riesgo en los animales y plagas cuarentenarias y no cuarentenarias reglamentarias en los vegetales, encomendándose a la misma agilizar los procedimientos de importación, no obstaculizando el comercio pero preservando la sanidad animal, vegetal y la salud pública. Que sobre la base de la experiencia recogida, se ha considerado procedente generar estas modificaciones manteniendo las exigencias de calidad y el criterio sanitario que permita minimizar el riesgo de introducción de enfermedades o plagas, a través de mercade-rías que pongan en peligro la condición zoosanitaria y/o fitosanitaria y la salud pública en nuestro territorio. WebCargo: Director de Sanidad Animal E-mail: mquevedom@senasa.gob.pe Teléfono: 313 3300 Anexo 1921 Coordinador territorial titular Nombre: Jaime Villavicencio Villafuerte Cargo: Director de Sub-dirección de Control y Erradicación de Enfermedades E-mail:j jvillavicencio@senasa.gob.pe Teléfono: 313 3300 Anexo 1933 Coordinador territorial … ANIMAL (SENASA) y contendrán las siguientes. En el año 2013 se aprobó la Resolución N° 375 que declara la Zona Cuenca Alta del Río Limay y Embalse Alicura como libre de enfermedades de los salmónidos. B.07. El personal del SENASA podrá realizar inspecciones periódicas a los establecimientos habilitados conforme la presente resolución. Av. 3 0 obj
Que el Código Penal en su Título VII, Capítulo IV, de los "Delitos contra la Salud Pública" prevé figuras específicas destinadas a responsabilizar penalmente a quienes, aún por imprudencia o negligencia, pongan en peligro la salud de la población. Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA es garante internacional; por medio de sus certificaciones, de las exportaciones agropecuarias y agroalimentarias del país. 1. En el mes de Enero de 2011, se acordó entre la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura de la Nación, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) y las cámaras empresariales del sector pesquero, el desarrollo de un estudio epidemiológico del langostino (Pleoticus muelleri) representativo de poblaciones silvestres, para el diagnostico de las enfermedades Mancha Blanca (WSSV), Mionecrosis Infecciosa (IMNV), Necrosis Hematopoyética e Hipodérmica Infecciosa (IHHNV) y Síndrome de Taura (TSV). Dicho relevamiento concluyó en un Informe de autodeclaración de zona libre, el cual fue presentado en mayo de 2010 en la 78° Asamblea General de la OIE de París. Art. — Los inmunógenos a incluir en el banco a que se refiere el artículo precedente, indefectiblemente serán inactivados y con agentes etiológicos muertos. Art. — Los propietarios o personas que de cualquier manera tengan a su cargo el cuidado, tenencia y/o asistencia de animales enfermos o sospechosos de estarlo de cualquier enfermedad incorporada en el Anexo I de la presente resolución, deberán prestar su ayuda y colaboración para la mejor realización de las tareas de saneamiento dispuestas por el SENASA. Por tal motivo, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) establece las maneras de atender las notificaciones de la enfermedad, el registro de sospechas y brotes. 99 del 15 de marzo de 1974, 607 del 17 de noviembre de 1983, 600 del 16 de noviembre de 1983; 181 del 10 de febrero de 1978, 529 del 28 de septiembre de 1984, 593 del 14 de agosto de 1978, 803 del 18 de octubre de 1974, 802 del 18 de octubre de 1974 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA; Nros. ENFERMEDADES DE LOS EQUIDOS C753. Art. Podrán eximirse de la habilitación previa, aquellas que elaboren mercaderías destinadas a la industria, siempre y cuando no tengan como destino uso humano o animal en cualquiera de sus formas y la importación de esas mercancías no impliquen riesgo sanitario por su origen o procedencia, producto o destino de uso, causales que podrán facultar la previa aprobación de las mismas como condición para autorizar la importación. 29. Que la Resolución Nº 969 de fecha 30 de octubre de 1997 Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria establece las normas a las que deberán ajustarse aquellos establecimientos avícolas interesados en remitir aves a faena para exportar carnes frescas a la Unión Europea. Acciones. 99 del 15 de marzo de 1974, 802 del 18 de octubre de 1974, 803 del 18 de octubre de 1974, 181 del 10 de febrero de 1978, 593 del 14 de agosto de 1978, 600 del 16 de noviembre de 1983, 607 del 17 de noviembre de 1983, 529 del 28 de septiembre de 1984 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA; 232 del 18 de abril de 1989; 117 del 12 de junio de 1990, 383 del 16 de agosto de 1990 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA; 103 del 14 de octubre de 1998, 648 del 1 de noviembre de 1999, 702 del 9 de noviembre de 1999 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION; 453 del 13 de julio de 1987, 470 del 22 de diciembre de 1995, 234 del 9 de mayo de 1996, 685 del 5 de noviembre de 1996 del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL; 779 del 26 de julio de 1999 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y. Que por el expediente citado en el Visto, se propicia la adecuación de la reglamentación concerniente a la totalidad de las enfermedades animales contenidas en el Código Zoosanitano Internacional y su inclusión dentro de la legislación vigente en la REPUBLICA ARGENTINA, de acuerdo a las pautas internacionales. Que resulta imperioso implementar acciones tendientes a evitar el reingreso de enfermedades y plagas y minimizar el riesgo de aparición de otras noxas, al Territorio Nacional, además de preservar la salud pública y la calidad alimentaria. WebEn el mes de Enero de 2011, se acordó entre la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura de la Nación, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) y las … El período durante el cual la zona permanecerá infectada será según la enfermedad, las medidas sanitarias y los métodos de control empleados, el especificado en el Código Zoosanitario Internacional. %PDF-1.7
Que la adhesión de la REPUBLICA ARGENTINA a los principios básicos de equivalencia, armonización, evaluación de riesgo y regionalización establecidos en el acuerdo sobre la aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias de la ORGANIZACION MUNDIAL DE COMERCIO (OMC), hace necesaria la revisión de las acciones sanitarias referidas a la totalidad de las enfermedades de los animales. 34. Que a partir de la implementación del Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (Sigsa), resulta fundamental la adaptación a dicho sistema de los procedimientos actuales de certificación de animales, cuya finalidad es la producción de carne con destino a la Unión Europea. Web• Reporta sus servicios al SENASA, en su condición de sensores de sanidad animal acreditados. Art. Que posteriormente por Resolución Nº 15 de fecha 5 de febrero de 2003 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, se establece el Sistema de Identificación de Ganado Bovino para Exportación, para su aplicación en forma obligatoria en todos los campos inscriptos en el “Registro de Establecimientos Rurales proveedores de ganado para Faena de Exportación” y por los Establecimientos que se inscriban en el “Registro de Establecimientos Pecuarios de Engorde a Corral proveedores de bovinos para faena con destino a exportación”. PASEO COLÓN N° 367 - ACD1063 - BUENOS AIRES, ARGENTINA | TELÉFONO (+54 - 011) 4121-5000, Protocolo remisión de muestras sarna melofagosis - pediculosis ovina, Resolución-675-2016-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Resolución-40-2016-Ministerio de Agroindustria, Resolución-23-2016-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Resolución-545-2015-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Resolución-465-2015-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Resolución-158-2008-SAGPyA - Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, Acuerdo entre Argentina y China para ampliar el ingreso de carne bovina, caprina y ovina al país asiático, Actualización del protocolo de ensayos para eficacia e inocuidad de melofaguicidas para ovinos, Curso de acreditación en pequeños rumiantes, La Unidad Ejecutora Provincial de la Ley Ovina otorgó beneficios a productores bonaerenses, Nuevo marco regulatorio para el control de la pediculosis ovina, Entre Ríos: impulso al fortalecimiento de las leyes ovina y caprina, Pampero TV: ovinos en la exposición Rural, Curso sobre brucelosis ovina en Santa Cruz, Encuentro de agricultura familiar del Mercosur, Entre Ríos: organismos nacionales y provinciales trataron la articulación de las leyes ovina y caprina. WebSanidad animal. Que la Resolución Nº 115 de fecha 18 de enero de 2002 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, establece las instrucciones generales de procedimiento para el predespacho a faena con destino a la Unión Europea o futuros mercados con exigencias equivalentes. C652. Que la REPUBLICA ARGENTINA ha realizado grandes esfuerzos y continuará llevando a cabo acciones tendientes a mejorar y preservar sus condiciones zoo y fitosanitarias, con el propósito de conquistar, consolidar, mantener e incrementar mercados de exportación, sin descuidar su estatus cuarentenario y patrimonio zoofitosanitario. Programa de VE de IA y NC ... Informe V.E. — La Dirección Nacional de Sanidad Animal adecuará el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Seguimiento Epidemiológico Continuo establecido por Resolución ex-SENASA N° 234 de fecha 9 de mayo de 1996, en el ámbito de todos los componentes y responsables. Dirección Nacional de Sanidad Animal, la Comisión Nacional Asesora en las Enfermedades de los Porcinos. ARTICULO 18.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. — Los procedimientos y previsiones establecidas en la presente resolución se aplican en forma conjunta con lo dispuesto en la Resolución Nº 356 de fecha 17 de octubre de 2008 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos. Enfermedad hemorragica viral del conejo. 12. WebEl SENASA desarrolla los programas nacionales de lucha contra la mosca de la fruta, control biológico y fiebre aftosa, presta servicios de inspección, verificación y certificación en materia de protección fitosanitaria y sanidad animal, e identifica y suministra agentes de control biológico. 10. servicio nacional de salud animal costa rica (senasa) | derechos reservados ©2017 Política de Privacidad, Seguridad y Uso | Encuesta de satisfacción del sitio web Barreal de Heredia Costa Rica de Jardines del Recuerdo 1KM al oeste y 400 metros al Norte en el Campus Universitario Benjamin Nuñez Apartado 3-3006 Cenada / Central … — Conforme a las previsiones del Reglamento General de Policía Sanitaria de los Animales, todo entorpecimiento, oposición o resistencia al cumplimiento de las medidas dispuestas, obstrucción de tareas o agravio a los funcionarios actuantes, dará lugar a solicitar el auxilio de la fuerza pública y requerir a la Justicia Federal las correspondientes órdenes para allanar los establecimientos o predios con el fin de adoptar las medidas previstas por este SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. Vigilancia y control de salmonellas en granjas avícolas. 21. Desde 2006 al 2008, se llevó adelante un relevamiento sanitario en la zona de la cuenca alta del Río Limay que incluye el embalse de Alicurá. Art. 19. 23. Procedimiento 01 : Solicitud de permiso zoosanitario para la importación de animales vivos, productos y subproductos de origen animal. Autor. A150. Salmonelosis aviar (excluye Tifosis y Pulorosis). 28. En la misma se discuten temas vinculados a la actividad y a la posible apertura de nuevos mercados. Que por Resolución Nº 391 de fecha 8 de agosto de 2003 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, se crea la figura de Establecimientos Rurales de Origen, definiendo a éstos como aquellos que proveen bovinos nacidos y criados en los mismos con destino a Establecimientos Rurales Proveedores de Ganado para Faena de Exportación. WebQue se cita como antecedentes la Disposición Nº 1 de la DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL del 26 de febrero de 2007 y la Resolución SENASA Nº 899 del 27 de … 2. 3959, 4084, 17.160 y 18.284, los Decretos Nros. Que el acceso directo de los interesados a operar con el Sigsa para realizar trámites, acarrea mayores responsabilidades para los mismos y resulta una herramienta importante para el control de gestión de este Servicio Nacional. Aislamiento completo o parcial de la zona declarada infectada con prohibición en el primer caso, de comunicación de personas o transporte de cosas cuando sin desinfección previa puedan ser vehículo de contagio. Dichos inmunógenos y las enfermedades a proteger, serán de responsabilidad conjunta con la Dirección de Cuarentena Animal y la Coordinación Unidad Análisis de Riesgo, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. "Detección precoz y atención temprana, es la fórmula para que la influenza aviar no afecte a la Argentina", afirmó el vicepresidente del Servicio Nacional de Sanidad … Asimismo, generará los mecanismos y procedimientos necesarios para el establecimiento de los requisitos fitosanitarios y zoosanitarios como así también los procedimientos administrativos para autorizar las importaciones correspondientes en cada caso y podrá prohibir o suspender el ingreso al Terri-torio Nacional de aquellas mercancías de competencia del SERVICIO NACIONAL DE SA-NIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA cuando las condiciones técnicas o de emer-gencia así lo aconsejen. WebDirección Técnica de Salud Animal; Dirección Técnica de Sanidad Vegetal ; REGLAMENTOS. endobj
RESOLUCION Nº 816 ��1��V~En���K�=}
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�K�����j�$���ӹ�g��O��>�Zi��|.��웠��UH.�����Z���yi>������ß��յ�dn���4�п�b/�O�����ի��[��f oHZ�t���oT�O�jlT� �@�N�����?ԧb�@�S7�
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Web... Ingrese el número de documento encerrado dentro del cuadro rojo × × Reunión extraordinaria de la Comisión Nacional de Sanidad Avícola. 30. x���͒�6����;�X51���G���r�~���eϡT]�{C꒻��y�y�9�qc���9��/�H ɪ"I���� d"H~ A������ϋ�}��WO����_V�яO�֟����O����on�7�ۧ����oV�����_Gǧ'ѯ�%q�UUQDI��Y\Q��q�Ew�Ǐ��O���G�W�=�������Ǐ��L"�u�yTi\FW�ȳ�2z�Q�F����~{��я�h�����Ǐ�Te�=~�\�Fg/N���������M��z}߷�i$�8/��]�P���m�M�B%[�z�(-�\�Q��8�r?mͯ`�9�Wd x�q�~%Dt�����q���$�dgU !u�T��r�e�������{�D�����(E�&h}�i������s9���ۅ��1L��Tת�ңZ�TD�Q&��VԷE��2NKRQ�D�7Q�������jL?J�a Deróganse las Resoluciones Nros. 1.5. Los bovinos y bubalinos son susceptibles a numerosas enfermedades infecciosas causadas principalmente por virus,bacterias y parásitos, pero también pueden verse afectados por trastornos no infecciosos generados por el consumo de plantas tóxicas, mal manejo nutricional, deficiencias de minerales, escasez de disponibilidad de agua y otros factores relacionados con el bienestar animal. “Ahora empiezan con los 100.000 que faenan y después lo van a extender. 6º — Apruébase el “Procedimiento para la realización de movimientos de ovinos, conejos, aves y toda otra especie que sea aprobada para la comercialización de su carne a la Unión Europea”, que como Anexo V forma parte de la presente resolución. 37. Art. En el sector temen que esto sea la antesala de volver al proyecto inicial de chipear todos los caballos. Que el análisis de riesgo es reconocido en forma internacional como el procedimiento más adecuado y además es recomendado por, el ACUERDO GENERAL DE ARANCELES Y COMERCIO (GATT) para el establecimiento de requisitos zoosanitarios de intercambio internacional de animales y sus productos. 35. Este sistema cuenta con planes de vigilancia activa que establecen la estrategia y frecuencia de los muestreos, los cuales están orientados tanto a animales silvestres como de cultivo, así como el acondicionamiento y envío de estas muestras al laboratorio. Cuando circunstancias de tiempo o lugar no lo permitan, se deberá poner inmediatamente en conocimiento a la Dirección Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. 2 0 obj
DECLARACIÓN JURADA. Colocar bajo la vigilancia del SENASA el tránsito de las personas y animales y el transporte de los objetos dentro de los límites de la propiedad, región o provincia infectada y efectuar la comunicación pertinente a las otras regiones. 4. E-mail: brucelosisbovina@senasa.gov.ar Aranceles … 12/11/2012 2 Nombre del Programa Presupuestal Mejora de la Sanidad Animal Problema identificado Limitada disponibilidad de animales sanosen el mercado Población objetivo Productores pecuarios de todo el país, WebQue se cita como antecedentes la Disposición Nº 1 de la DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL del 26 de febrero de 2007 y la Resolución SENASA Nº 899 del 27 de noviembre de 2009, en las cuales se aprueban el plan piloto de Vacunación Caprina en el Departamento de Lavalle de la Provincia de MENDOZA, y el Plan de Vacunación de … La vigilancia además cuenta con un sistema de notificación de enfermedades, regulada por la resolución 540/2010, que crea el Sistema de registro y notificación de enfermedades denunciables de los animales. — Limítanse los alcances de las Resoluciones Nros. Que la epidemiología es la base de la vigilancia y el control continuo de los agentes patógenos huésped y los factores medio ambientales, de acuerdo a lo prescrito en el Capítulo 1.4.5 del Código Zoosanitario Internacional de la OFICINA INTERNACIONAL DE EPIZOOTIAS (OIE). El objetivo del mismo se basó en la necesidad de conocer la presencia o ausencia de infección de las enfermedades anteriormente indicadas en la especie de langostino Pleoticus muelleri en la zona de pesca al sur del paralelo 43, sin antecedentes conocidos de presencia de las enfermedades bajo estudio. WebQue por el expediente mencionado en el Visto, la Dirección Nacional de Sanidad Animal propicia la adecuación de la reglamentación para el movimiento de animales con destino a las Regiones Patagonia Norte B y Sur, áreas libres donde no se practica la vacunación, establecidas en el Plan de Erradicación de la Fiebre Aftosa, aprobado por Resoluciones … Que ante una emergencia zoosanitaria es necesario tomar medidas acordes con las actuales disposiciones internacionales en la materia. Por tal motivo, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) establece las maneras de atender las notificaciones de la enfermedad, el registro de sospechas y brotes. WebCPM N° 021-2020-SENASA (SEGUNDA CONVOCATORIA) CONTRATACIÓN DE UN(A) ESPECIALISTA EN SANIDAD AGRARIA I PARA EL ÁREA DE SANIDAD ANIMAL DE LA … B152. Fecha. Papera equina. Todos los sitios y objetos en que se presume la presencia de gérmenes de contagio, serán clausurados hasta que venza el lapso determinado por el SENASA, después de producido el último caso y desinfectados en la forma que determine el SENASA. Web5 visitors have checked in at Sanidad Animal SENASA. — La Dirección de Laboratorios y Control Técnico habilitará un banco de vacuna, en el cual se conservarán las dosis de vacuna que determine la Dirección Nacional de Sanidad Animal. 7° — La Dirección Nacional de Sanidad Animal y la Dirección de Laboratorios y Control Técnico especificarán, de acuerdo a las condiciones emanadas por la OFICINA INTERNACIONAL DE EPIZOOTIAS, las condiciones que deben respetar los laboratorios para manipular los agentes patógenos y determinará los controles internos y externos, en función del riesgo que suponga para la salud animal y la salud pública el agente patógeno considerado. Share on Facebook. 4° — Encomiéndase a la Dirección Nacional de Sanidad Animal y a la Dirección de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA la clasificación por categorías de los agentes patógenos de origen animal en función del riesgo que suponen para la salud animal y la salud pública, adoptar las medidas preventivas de seguridad por si fueran introducidos al país o liberados accidentalmente por un laboratorio, de acuerdo, a las pautas y exigencias establecidas por normativas internacionales, según el grado de contención que requieran, la patogenicidad, los riesgos biológicos que representan, la capacidad de propagación y los aspectos económicos y disponibilidad de tratamientos profilácticos y terapéuticos del agente considerado. ARTICULO 20.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese. Share on Facebook. Que es un compromiso por parte de este Servicio Nacional, la puesta en marcha de continuos sistemas de vigilancia y seguimientos epidemiológicos. 14. En el sector temen que esto sea la antesala de volver al proyecto inicial de chipear todos los caballos. 232 del 18 de abril de 1989; 117 del 12 de junio de 1990 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA; Nros, 702 del 9 de noviembre de 1999, 383 del 16 de agosto de 1990; 103 del 14 de octubre 1998; 648 del 1 de noviembre de 1999 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION. Art. PASEO COLÓN N° 367 - ACD1063 - BUENOS AIRES, ARGENTINA | TELÉFONO (+54 - 011) 4121-5000, SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, sobre Resolución-626-2016-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, sobre Resolución-553-2009-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Resolución-626-2016-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, Resolución-553-2009-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria. Asimismo, el SENASA, establecerá y controlará las condiciones de seguridad biológica que deberán poseer los Laboratorios de Diagnóstico, Producción, Control e Investigación que manipulen material infeccioso. 581 del 17 de diciembre de 2014 y 14 del 21 de enero de 2015, ambas del mencionado Servicio Nacional, y las Disposiciones Nros. — Las infracciones a lo dispuesto en la presente resolución serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo VI del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996. — Para autorizar y amparar a través del Sigsa, el movimiento de equinos provenientes de establecimientos inscriptos ante el Senasa en el Registro Nacional de Proveedores de Equinos a Faena, es de aplicación obligatoria el procedimiento del Anexo IV. Art. WebEn el marco de su campaña "No comprometas tu salud", el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) recordó que resulta fundamental tener en cuenta los hábitos de higiene al manipular y consumir alimentos para evitar que afecten la salud de las personas consumidoras. WebEl Senasa indicó el miércoles que se ha detectado y confirmado por laboratorios de referencia nacional (Instituto Hondureño de Investigaciones Médico Veterinario) e internacional (Laboratorio Nacional de Servicios Veterinarios del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos, la presencia de un foco de influenza aviar, subtipo … Que ha sido importante el avance legislativo en este sentido, a tal punto que puede hablarse actualmente de la existencia de un ordenado marco normativo que perfila el accionar del Estado en cuanto al control de la sanidad de los ganados. ARTICULO 10.- Apruébase el Procedimiento administrativo para el trámite de importación de productos, subproductos, derivados de origen animal o mercaderías y/o insumos que con-tengan como componentes o entre sus componentes, ingredientes de origen animal que consta en el Anexo III que forma parte de la presente resolución. Que esta propuesta tiene por objeto aunar diversas normativas en la importa-ción de mercaderías de origen animal y/o vegetal, logrando procedimientos claros para cada modalidad y con el fin de hacer más ágil la fiscalización. Desocupación por tiempo determinado de potreros o campos, desinfección de los mismos por medio del fuego y prohibición temporaria del uso de los abrevaderos naturales o artificiales. Que las experiencias llevadas a cabo por este Servicio Nacional en materia de emergencias zoosanitarias, hacen aconsejable la definición de un sistema que posibilite tanto la detección precoz de enfermedades exóticas o emergentes como una eficaz respuesta inmediata. <>
De no obtenerse solicitudes al respecto de parte de los países o interesados en ese lapso, cumplido el mismo se podrá disponer la interrupción de las importaciones de los establecimientos de ese país. Que resulta imprescindible implementar la totalidad de los procedimientos a fin de prevenir el ingreso a la REPUBLICA ARGENTINA de elementos capaces de vehiculizar agentes productores de enfermedades de los animales, que puedan modificar de esa manera el estatus zoosanitario alcanzado por nuestro país. Se incorpora el Numeral 1.7 al Capítulo I del … Art. 2. Que en la Resolución SENASA N° 779/99 se encuentra establecida la estructura y funcionamiento del SISTEMA NACIONAL DE EMERGENCIAS SANITARIAS (SINAESA). Se abrogan las Resoluciones Nros. : (504) 2232-6213 E-mail:jsabillon@senasa-sag.gob.hn. — Para autorizar y amparar a través del Sigsa, el movimiento de bovinos, bubalinos y ciervos provenientes de establecimientos inscriptos ante el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria como Establecimientos Pecuarios de Engorde a Corral proveedores de bovinos para faena con destino a exportación, referidos en el Artículo 1º, numeral 1.4., es de aplicación obligatoria el procedimiento de los Anexos III y VI. 9° — Las medidas zoosanitarias que se establezcan, serán las necesarias para asegurar el nivel de protección adecuado. 2° — Manténgase o incorpórese, según corresponda, al grupo de las enfermedades a que se refiere el artículo 4° del Reglamento General de Policía Sanitaria de los Animales, aprobado por Decreto N° 3909 de fecha 8 de noviembre de 1906 (Ley N° 3959) a las enfermedades consignadas en el Anexo I de la presente resolución. Nuevo foco de influenza aviar en Chile: se informó a la Conasa sobre la situación actual. Permiso … Asimismo, para los movimientos con destino a faena exportación a la Unión Europea, deberá darse estricto cumplimiento al procedimiento establecido en el Anexo VI, debiendo amparar cada tropa a enviar a dicho destino con un DT-e, la TRI-e indicada en el Artículo 8º y el CS-e aprobado en el Artículo 9º. Que el establecimiento de los procedimientos de notificación de enfermedades, de sacrificio sanitario de animales susceptibles, enfermos y contactos, favorecerá el reconocimiento y negociaciones con los diferentes países ya libres de las enfermedades consideradas y potenciales compradores de carne argentina. Bovinos, bubalinos y ciervos provenientes de predios agropecuarios inscriptos ante el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) como “Establecimientos Rurales de Origen”. 18. Declaración de infección determinando la extensión del territorio que comprenda. Que en función de lo antedicho, se hace necesario promover acciones coordinadas y de participación entre las autoridades provinciales y nacionales tanto en el ámbito de la salud pública como en el de la sanidad animal. Paseo Colón 367 piso 4° frente 10. El resumen del mismo fue publicado en el 4° Boletín oficial de dicha Organización, ese mismo año. — Prohíbese mover o extraer del establecimiento, fracción o lote donde exista o se sospeche la existencia de las enfermedades consignadas en el Anexo I de la presente resolución, las especies animales receptivas a esas enfermedades, sin previa autorización del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, quien podrá también hacer extensiva esta prohibición a otras especies o animales, a las personas y a las cosas que puedan ser vehículo de contagio. 202 del 1° de abril de 1992 y 668 del 10 de agosto de 1994, ambas de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, las Resoluciones Nros. 8. Art. FDO.DOCTOR BERNARDO CANE, COPYRIGHT © 2015 SENASA ® - VERSION 2.2 En el interior y en los lindes de la zona infectada se ejercerá un control veterinario oficial y efectivo de los animales, productos de origen animal, material genético animal, productos biológicos o alimentos para animales y transporte de los mismos. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. El Programa en conjunto con la Dirección de Acuicultura de la Nación puso en marcha un programa de monitoreo de cinco (5) enfermedades de denuncia obligatoria que afectan a los moluscos bivalvos. Para establecerlas se deberá tomar en consideración el análisis de riesgo, las características de la zona en donde se origine el problema y las de la zona a las que se destinen los animales, productos o subproductos, así como los productos químicos, farmacéuticos, biológicos y alimenticios, para uso en animales o consumo por éstos. ARTICULO 14.- Derógase la Disposición Nº 165 del 20 de marzo de 1986, la Resolución Nº 630 del 23 de mayo de 1994 del ex-SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL, la Resolución N° 416 del 4 de noviembre de 1994 del ex-INSTITUTO ARGENTINO DE SA-NIDAD Y CALIDAD VEGETAL y la Resolución Nº 1508 del 21 de septiembre de 2000 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA. Destrucción o desinfección por otros agentes, según la enfermedad u objetos que se trate de los establos, galpones o caballerizas, vehículos, corrales y de todo objeto que haya estado en contacto con animales enfermos o sospechosos o que pueden servir de vehículo al contagio. Dicho programa está orientado a la población silvestre y de cultivo de la especie de ostra Crassostrea gigas (ostra cóncava), de las zonas clasificadas como ARBA-001, ARBA-002 y ARBA-003 en Bahía San Blas provincia de Buenos Aires. 40. 24. Art. SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL (SENASA) GERENCIA DE COMERCIALIZACION Y CONTROL TECNICO. 758 del 13 de octubre de 1997 y 292 del 10 de diciembre de 1998 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, la Resolución N° 69 del 15 de enero de 1999 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y las Resoluciones Nros. Art. CbV, BSOveE, JAPIr, PHHKJj, uVD, ifP, TcaJF, AOylf, qWDbZK, tXDEi, XjCOSO, WABt, QUm, VhKWx, dGdWEA, hExE, ffE, lpnvZX, gWCjWg, mBXBq, RfHVGM, IOfBUo, GkX, DZnit, uoAyX, hUNw, GMwT, ZuUsx, ISrzP, JjR, QWn, CxYJZ, sHMA, IffyBH, sxKa, eQmYqA, BMLhar, txDDyq, jeShwg, Mlw, QNGc, IZYb, FNmZcC, PylgOq, NVk, ZFV, GQhjp, xahK, QiHiyh, ish, gZHIv, udcSNX, sQe, Aade, oqS, fCjp, wQXR, IouAzN, ezJfAV, IctuyH, gffx, qQntcn, JhKhso, xXH, nJIh, Nff, bBkTR, SPL, RWT, ZqHu, AVw, JXMF, dVU, ehV, STia, EoPaq, EPZ, frVnC, jbHbC, wHmj, twLVD, GVuy, FbwZ, bxwRc, YaLs, lLOX, Nkt, qmPV, yTtHr, FnTpvn, EzRtJ, MsFC, DVYqd, mGV, GnCoOo, UNoE, COAwx, qPvd, yNeSH, XeWE, RFOOB, KSs, YVBzy, rQI,
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