Oxford University Press, México, 2010. Esta tesis contrasta directamente con el debate comparado. En este sentido, el Convenio para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal (en adelante, “Convenio No. (2002), p. 346; Cea (2008), pp. ]. d) La intervención de los particulares en la seguridad pública. En ambos casos, la idea de propiedad es metafóricamente empleada para efectos de afirmar la titularidad de la información personal y para garantizar el autocontrol de la misma y no con el objeto de traducir el derecho a la autodeterminación informativa en facultades o atributos del dominio privado, como se encuentra establecido en el artículo 19 No. Este artículo aborda la creación del nuevo derecho a la protección de datos personales. En segundo lugar, si el único ejemplo citado para fundamentar el vaciamiento de contenido es el derecho a la portabilidad de los datos personales, una alternativa obvia era agregar dicha facultad en la norma constitucional y remitir al legislador para su desarrollo o complementación82. El planteamiento tiene asidero en la misma génesis de la Constitución de 1980. Como es conocido por la teoría general de derechos fundamentales, el concepto de garantía en términos amplios se entiende como aquellos mecanismos de protección de un derecho, sean o no jurisdiccionales120. Technology and privacy in the information age (New York, New York University Press). 7), pp. Grupos en estado de vulnerabilidad – Bullying 5. [Fecha de consulta: 09.08.19] [Disponible en: Disponible en: https://www.oecd.org/chile/44381035.pdf [ Links ], Ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública. El texto concluye anticipando dos desafíos para la regulación del derecho: primero, relativo al tipo de remisión o reserva al legislador del mandato de protección de datos personales y, segundo, a la garantía de la autodeterminación informativa y, en particular, a la protección del derecho a través del recurso de protección, a través del habeas data y a través de una agencia especializada como autoridad de control. 23García et al. ]. Evolución del Estado de derecho 40 5.1. El debate en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados rechazó esta inclusión. [ Links ], Convenio Nº 108 del Consejo de Europa, para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal, Estrasburgo, 28 de enero de 1981. [ Links ], Victor, Jacob M. (2013): “The EU General Data Protection Regulation: Toward a Property Regime for Protecting Data Privacy”, en Yale Law Journal (Vol. 21. 100Por ejemplo, la diputada Molina argumentó que “[l]as personas son dueñas de sus datos personales y solo ellas tienen la potestad para autorizar su uso” (HDL, p. 64) o la diputada Troncoso, que argumentó que “el país necesita dar garantías a nuestros compatriotas sobre los datos personales, que hoy, lamentablemente, existen falencias respecto de la propiedad de estos datos” (HDL, p. 110). Mediante la constitucionalización del poder político, los procesos de decisión polí - tica ganan en inclusividad respecto de los sujetos implicados, en cuanto la formalización del poder permite que este quede abierto procedimentalmente a los diferentes intereses 20 de la Constitución. [ Links ], Nogueira, Humberto (2005): “Autodeterminación informativa y hábeas data en Chile e Información Comparativa”, Anuario de Derecho Constitucional Latinoamericano (Año 11, Vol. La expansión de los contenidos constitucionales materiales 3. [ Links ], Murillo de la Cueva, Pablo Lucas (2009): “La construcción del derecho a la autodeterminación informativa y las garantías para su efectividad”, en Murillo de la Cueva, Pablo Lucas & Piñar Mañas, José Luis, El Derecho a la Autodeterminación Informativa (Madrid, Fundación Coloquio Jurídico Europeo). Si bien fue una opinión minoritaria, se trata de una posición que cuestionó el fondo de la necesidad y utilidad de la reforma constitucional. 94-8. Por otro lado, el mandato al legislador está orientado a reconocerlos explícitamente y regularlos de forma tal de hacer posible dicho ejercicio116. 2). Suprema Corte de Justicia de la Nación – Criterio jurisprudencial – Análisis 2. 333-366; Jervis (2003); Garrido (2013); Salas (2014); Paredes (2014). En otros términos, este trabajo no tiene por objeto analizar el derecho en sí sino revisar cómo se llegó a su constitucionalización expresa y cuáles fueron los acuerdos y cuestiones postergadas tras el debate constitucional. 156-62; Francis & Francis (2017), pp. 7, No. La garantía de la autodeterminación informativa. En la misma línea, Jervis (2003), p. 26 y Garrido (2013), p. 17; Arrieta (2009), pp. 23 de Septiembre de 2019; Aprobado: [Fecha de consulta: 25.03.19]. A lo largo de la tramitación legislativa y, especialmente en los debates en sala, los parlamentarios insistirán en la necesidad de cumplir con el compromiso de la OCDE. [ Links ], Purtova, Nadezhda (2009): “The illusion of personal data as no one’s property”, en Law, Innovation and Technology (Vol. 4. Constitucionalización (21 letras): Acción y efecto de constitucionalizar. 19.628). Así, por ejemplo, una referencia constante fue el compromiso del Estado frente a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (“OCDE”), en torno a la necesidad de actualizar la regulación y protección de los datos personales en el país14. 86-87 (opinión del diputado Hirsch). [ Links ], Vial, Tomás (2012): “Los fallos de 2011 del Tribunal Constitucional sobre aplicación de la Ley de Transparencia a Televisión Nacional de Chile y a la Universidad de Chile”, en Anuario de Derecho Público (Santiago, Ediciones UDP). 2-3. The text concludes by anticipating two challenges for the legal regulation of the right: first, regarding the type of constitutional referral to the legislator to protect personal data and, second, the jurisdictional protection of informational self-determination and, in particular, the protection of the right through the recurso de protección, through habeas data and through a specialized agency as control authority. ]. [ Links ], González Fuster, Gloria (2014): The Emergence of Personal Data Protection as a Fundamental Right of the EU (Heidelberg, Springer). En el caso de Chile, es sumamente excepcional y sólo ha ocurrido en dos oportunidades. La moción cita53, al efecto, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional español, puesto que, según éste, la autodeterminación informativa se distingue de la privacidad e intimidad en cuanto el primero “atribuye a su titular un haz de facultades consistente en diversos poderes jurídicos cuyo ejercicio impone a terceros deberes jurídicos, que no se contienen en el derecho a la intimidad, y que sirven a la capital función que desempeña este derecho fundamental: garantizar a la persona un poder de control sobre sus datos personales”, incluyendo “el derecho a que se requiera el previo consentimiento para la recogida y uso de datos personales, el derecho a saber y ser informado sobre el destino y uso de esos datos y el derecho a acceder, rectificar y cancelar dichos datos. 2, letra i) y art. Desde el punto de vista de los antecedentes nacionales, se tuvieron a la vista tanto ciertos aportes de la literatura constitucional como algunos desarrollos jurisprudenciales. ¿Están en Crisis Nuestros Derechos Fundamentales? Nótese la técnica de reserva legal complementaria de dicha disposición: “[n]o n las causas criminales no se podrá obligar al imputado o acusado a que declare bajo juramento sobre hecho propio; tampoco podrán ser obligados a declarar en contra de éste sus ascendientes, descendientes, cónyuge y demás personas que, según los casos y circunstancias, señale la ley”. 5, No. 19 No. 15HDL, p. 3. Entonces, ¿por qué es necesario la constitucionalización? El derecho a la protección de datos personales y el reconocimiento de la autodeterminación informativa en la Constitución chilena, The right to the protection of personal data and the recognition of informational self-determination in the Chilean Constitution, 1 Doctor en Derecho, Universidad de Northwestern. La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado concordó con dicho criterio y modificaron el texto original de la moción para hacer una reserva de ley general respecto del derecho72. E-mail: pablo.contreras@uautonoma.cl. Este intento de separación en los debates legislativos no estuvo exento de confusiones. A Very Short Introduction (Oxford, Oxford University Press). 3. 7, No. [ Links ], Sentencia del Tribunal Constitucional Federal Alemán, BVerfGE 65, 1 (1983). 20. 69, No. La constitucionalización directa e indirecta 4. 4.1. La discusión presentó el debate que hoy se está dando en el Congreso, respecto a las características de dicha agencia. Tal como se revisó en la sección anterior, la jurisprudencia constitucional entendía que la autodeterminación informativa era un derecho fundamental que ya se encontraba protegido por el art. El siguiente cuadro esquematiza las distintas versiones del derecho durante la tramitación legislativa: Cuadro No 1 Versiones del reconocimiento del derecho a la protección de datos personales durante la tramitación legislativa.Â. Si bien es cierto que la omisión no puede ser imputada a los creadores de la moción -toda vez que el Reglamento no existía en 2014-, durante todo el segundo trámite, el legislador podría haber atendido este nuevo estándar europeo. Véase, por ejemplo, la Ley 19.876, Reforma constitucional que establece la obligatoriedad y gratuidad de la educación media, o la Ley No. 3. Privacidad y protección de datos personales tienen puntos de intersección pero la intención de la reforma fue, precisamente, separarlos como derechos independientes67. PDF | On Nov 25, 2022, Gloria Maryuri and others published Crítica jurídica desde la constitucionalización del Derecho | Find, read and cite all the research you need on ResearchGate 86Sin embargo, véase los aportes de Purtova (2009); Purtova (2015); Malgieri (2016); Bouchagiar & Bottis (2018) en materia de propiedad de datos personales. entro de Estudios onstitucionales, Suprema Corte de Justicia de la Nación, México, 2019. En particular, el profesor Magliona sostuvo que “en el derecho comparado no es ‘consentimiento expreso o tácito’, sino que ‘consentimiento inequívoco’” y, en virtud de lo anterior, “recomendó eliminar la referencia al consentimiento, porque éste es un concepto que ha ido variando en el tiempo”71. El segundo desafío se refiere a la garantía de la autodeterminación informativa y, en particular, a la protección del derecho a través del recurso de protección, a través del habeas data y a través de una agencia especializada como autoridad de control. Introducción. Finalmente, una tercera respuesta es que el reconocimiento constitucional expreso del derecho a la protección de datos personales puede tener justificación desde el punto de vista de las garantías del derecho. Al revisar la formulación del derecho en la Carta79, es posible identificar los siguientes elementos en la configuración del derecho: i) se establecen los principios de licitud, lealtad y finalidad; ii) se establecen los derechos de acceso y rectificación; y iii) se establece una garantía institucional reservada a una autoridad de control independiente80. Por un lado, protege derechos y, por otro, los restringe. [ Links ], Sentencia del Tribunal Constitucional Español No. Derecho y Cambio Social LA CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL DERECHO COMO PRESUPUESTO NORMATIVO PARA LA APLICACIÓN DEL CONTROL DIFUSO EN SEDE ADMINISTRATIVA Gian Carlos Mantari Mantari1 Fecha de publicación: 01/04/2015 SUMARIO: 1. ]. [Fecha de consulta: 19.06.19] [Disponible en: http://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf]. En dicha instancia, tanto el Senador Harboe como el resto de los miembros de la Comisión “estimaron conveniente que el texto constitucional mencione expresamente los derechos ‘ARCO’ (acceso, rectificación, complementación y cancelación de datos personales), con el fin de que el legislador los regule y desarrolle posteriormente”75. 4.2. 122Sobre el habeas data, véase Pucinelli (1999), pp. La segunda, fue en el año 2018, cuando se consagró explícitamente el derecho a la protección de datos personales, también conocido como autodeterminación informativa, incorporado por una reforma constitucional a través de la Ley No. Al estructurar el derecho en base a una idea de autodeterminación informativa y autocontrol de la información personal, la relación jurídica de los individuos es de titularidad sobre los datos personales. 2.1. En definitiva, el poder de disposición sobre los datos personales”54. En primer término, se planteó si la relación jurídica respecto de los datos personales podía ser calificada como una “especie de propiedad”, al tenor de lo dispuesto en el art. Una de las cuestiones centrales de los referentes europeos fue la centralidad de la persona como sujeto de protección al tener que regularse los datos personales. Dicho estándar es hoy ineludible, dado el RGPD de la Unión Europea130, y ha impactado considerablemente en la discusión de la fisonomía de la agencia que se está creando131. Pero, adicionalmente, se debatió sobre la procedencia del recurso de protección y la necesidad de contar con una autoridad de control en materia de protección de datos personales, con competencia para conocer del habeas data. Aldunate, Eduardo (2009): Constitución Política de la República de Chile. 70El Senador Bianchi presentó una indicación que buscaba excluir el derecho del ámbito de aplicación del artículo 20 de la Constitución, que fue rechazada durante el primer trámite constitucional (HDL, p. 45). 583 del Código Civil, esto es, respecto de la propiedad sobre cosas incorporales103. En efecto, tal como ha argumentado Anguita, la Comisión de Estudios para la Nueva Constitución no advirtió los riesgos provenientes del desarrollo tecnológico y del tratamiento masivo y automatizado de datos personales ni tampoco hizo un esfuerzo de deslindar la noción de privacidad (en términos de privacy)56, tal como se entiende en el mundo anglosajón, el cual incluye una noción de privacidad informativa (information privacy)57, en línea con el contenido de la autodeterminación informativa. En este sentido, algunos incluso plantearon que la privacidad era un “derecho madre” respecto de la autodeterminación informativa y por ello se justificaba “anclar” al segundo en la norma del primero59. [ Links ], Nogueira, Humberto (2012): Derecho Constitucional Chileno (Santiago, Thomson Reuters) Tomo I. Pero hoy eso debe ser repensado a partir del reconocimiento explícito del derecho a la autodeterminación informativa como un derecho independiente del derecho a la vida privada, consagrado a partir de la reforma constitucional del 2018. Desde la persona que se [ Links ], Contreras, Pablo (2019): “Propiedad de datos personales”. 25 de la Constitución1. 19.628 Sobre Protección de Datos de Carácter Personal (Santiago, Chile. SUMARIO. En el ámbito europeo, Tzanou (2017), p. 29; González Fuster (2014), pp. What must we hide?. El proyecto de ley original proponía incorporar dos incisos nuevos en el artículo 19 No. [ Links ], Purtova, Nadezhda (2009): “Property Rights in Personal Data: Learning from the American Discourse”, en Computer Law and Security Review (Vol. ¿Cuáles fueron los principales dilemas que el reconocimiento del derecho tuvo que sortear? Se trata de las cuestiones que no fueron suficientemente abordadas ni zanjadas en la discusión legislativa y que tendrán impacto en la reforma a la Ley No. 138-42; Reusser (2018), pp. Entender la interpretación del derecho en los términos propuestos por los defensores de la constitucionalización del derecho, acarrea una importante consecuencia. 49, 51, 89-90 (opinión del senador Harboe), 52 (opinión del senador Coloma), 53 (opinión del senador Zaldívar), 88 (opinión del diputado Saffirio), 101 (opinión del diputado Soto), 127 (opinión del senador Huenchumilla) y 130 (opinión del senador Elizalde). 121HDL, pp. (2016), p. 86. Desde el punto de vista comparado, la constitucionalización del derecho a la autodeterminación informativa estuvo siempre motivada por compromisos internacionales y por los estándares internacionales que a la fecha se habían consolidado. En particular, se revisan tres dilemas: la necesidad de constitucionalizar o no la autodeterminación informativa como derecho fundamental; la densidad normativa necesaria al momento de constitucionalizar el derecho; y la relación de titularidad o propiedad sobre los datos personales. El texto concluye anticipando dos desafíos para la regulación del derecho: primero, relativo al tipo de remisión o reserva al legislador del mandato de protección de datos personales y, segundo, a la garantía de la autodeterminación informativa y, en particular, a la protección del derecho a través del recurso de protección, a través del habeas data y a través de una agencia especializada como autoridad de control. [Fecha de consulta: 09.07.19] [Disponible en: Disponible en: http://www.oas.org/es/sla/ddi/docs/Directrices_OCDE_privacidad.pdf Robert Alexy considera que hay tres posturas para el entendimiento de la relación entre democracia y derechos humanos: la ingenua, la idealista y la realista. El debate de la reforma constitucional profundizó sobre los mecanismos de tutela del derecho a la protección de datos personales. Diario Oficial, 11 de diciembre de 2013. [ Links ], Código Civil. Textualmente, señala que a pesar del carácter autónomo de la autodeterminación informativa, como derecho fundamental, “la presente reforma propone su regulación en el artículo 19 n° 4 de la CPR, ya que reconoce que se trata de un derecho derivado de la intimidad, y es en ese entendido, la razón de su ubicación”13. 1 Este artículo es producto de la investigación terminada“Constitucionalización del erecho d de Familia y su efectividad en las familias del Barrio a Paz, de Barranquilla”l, realizado con recursos asignados al grupo de investigación Derecho, Política y Sociedad, de la Corporación 1. En relación a la revisión de los antecedentes del proyecto y de los principales cambios que éste sufrió, durante su tramitación, es conveniente tener presente lo siguiente para responder dichas preguntas. Derecho procesal mercantil • astrillón y Luna, V. Derecho Procesal Mercantil. Pese a estas razones, los legisladores optaron por simplificar la formulación del derecho y hacer una amplia remisión al legislador para la regulación del mismo. Queda pendiente, entonces, para futuras investigaciones, la descripción y análisis de aspectos doctrinales del derecho mismo, tales como la regla de titularidad del derecho, sus destinatarios, el objeto de protección o sus límites -por mencionar algunos de sus presupuestos-, y sin perjuicio de que algunas de estas materias ya se avanzan en las páginas que siguen. En primer lugar, el reconocimiento de ciertas facultades para el titular del derecho -como eran los derechos ARCO- no impide que, dada una correcta formulación técnica en la redacción de la norma, el legislador pueda complementar el contenido iusfundamentalmente protegido del derecho. Doctrina y Jurisprudencia (Santiago, Thomson Reuters), Tomo I. 117, No. 26 (opinión del senador Chahuán); 28 (opinión del senador Larraín); 36 (opinión del senador Coloma); 40 (opinión de Claudio Magliona); 50 (opinión del senador Larraín); 78 (opinión del diputado Pardo); 81 (opinión del diputado Longton); 90 y 92 (opinión de la Consejera De la Fuente); 95 (opinión del senador Harboe); 97 (opiniones de la Consejera de la Fuente, Raúl Arrieta y el senador Harboe); 114 (opinión de la diputada Olivera); 116 (opinión del diputado Longton); 125 (opinión del senador Pugh); y 128 (opinión del senador Coloma). Diario Oficial, 20 de agosto de 2008. Jurídica de Chile). [ Links ], Jijena, Renato (1992): Chile, la protección penal de la intimidad y el delito informático (Santiago, Editorial Jurídica de Chile). El proyecto introduce numerosas reformas a la orgánica de la institución y reestructura el Consejo Directivo, reforzando considerablemente el estatuto de autonomía actual y garantizando un modelo fuerte de independencia respecto de los demás poderes públicos. 17. Durante los diversos trámites legislativos, tanto representantes del Ejecutivo como los parlamentarios se refirieron a los proyectos de ley que tienen por objeto reformar la Ley No. 19.628, y respecto los operadores jurídicos en la resolución de casos concretos. Esta fundamentación -aun cuando la moción no lo señalara- empalmaba correctamente con las bases de la institucionalidad de la Constitución, en los que se establece el principio de servicialidad del Estado, respecto de la persona, y se establece como finalidad del mismo el bien común, prohibiendo la instrumentalización de los individuos para alcanzar fines colectivos23 (art. ¿Cuál es el margen de acción del legislador? La discusión sobre el dominio privado respecto de los datos personales no es algo ajeno a la discusión comparada84. [ Links ], Allen, Anita (2011): Unpopular privacy. [ Links ], Velásquez, Juan & Donoso, Lorena (2013), Tratamiento de Datos Personales en Internet. 20 de la constitución- y el habeas data -recogido en la Ley No. La garantía del derecho actualmente tiene dos vías: la acción de protección -establecido en el art. [Disponible en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32016R0679]. Los avances que tiene la sociedad a diario son dignos de cambio en la norma, lo que . La idea de autocontrol sobre el tratamiento de datos personales permite dar cuenta de mejor forma que un dato personal puede eventualmente ser divulgado públicamente, siempre que dicho tratamiento se ajuste a las reglas básicas de protección de datos personales. Related Papers. ), Tratamiento de Datos Personales y Protección de la Vida Privada. Por otro lado, la ubicación de la autodeterminación informativa no convierte a éste en un derecho dependiente de la privacidad, al igual que el derecho a la integridad física y síquica es independiente del derecho a la vida, pese a estar ambos recogidos en el mismo inciso (art. Por ejemplo, el nombre, dirección o teléfono de una persona natural, contenido en una guía telefónica, es el ejemplo típico de un dato contenido en una fuente accesible al público, lo que habilita su tratamiento sin necesidad de consentimiento del titular (art. 7, letra f), que regula la prohibición de autoincriminación. derecho deberá orientarse hacia el cumplimiento y optimización de los principios constitucionales. [Fecha de consulta: 24.04.19] [Disponible en: https://www.bcn.cl/historiadelaley/fileadmin/file_ley/7551/HLD_7551_37a6259cc0c1dae299a7866489dff0bd.pdf]. El caso de TVN”, en Revista Chilena de Derecho y Tecnología (Vol. [ Links ], Salas, Carolina (2014): “Hábeas Data”, en Silva, María Pía & Henríquez, Miriam (coords. En esta línea, el diputado Carlos Kuschel sostuvo que la reforma era innecesaria, puesto que le parecía “que este valor está suficientemente cubierto en el número 4º del artículo 19 de nuestra Constitución Política”43. Si bien es conocido que existe un proceso de constitucionalización del derecho civil, entendiendo por este la modificación por vía interpretativa de los preceptos civiles al aplicar directamente una norma constitucional o la reforma a la ley para adecuarla a la Constitución 15, dicha situación no ha tenido lugar a propósito de la responsabilidad civil de los padres por el … [ Links ], Verdugo, Mario et al. La opinión de Bertelsen debe entenderse superada por la reforma constitucional. En segundo término, se examinan los principales dilemas de la discusión legislativa que influyeron en el reconocimiento y alcance del derecho a la protección de datos personales. [ Links ], Garrido, Romina (2013): “El Habeas Data y la Ley de Protección de Datos Personales en Chile”, en Serie Bibliotecología y Gestión de Información (No 83, junio 2013), disponible [en línea]: Garrido, Romina (2013): “El Habeas Data y la Ley de Protección de Datos Personales en Chile”, en Serie Bibliotecología y Gestión de Información (No 83, junio 2013), disponible [en línea]: http://eprints.rclis.org/19755/1/Serie%20N%C2%B0%2083,%20Junio,%202013%20Actualizada.pdf La faz negativa, en sentido de no interferencia y como una barrera de protección frente a injerencias ilegítimas en el ejercicio del derecho a la privacidad y la faz positiva, como un derecho de autodeterminación informativa, esto es, como un derecho “de las personas a controlar sus datos personales, incluso si éstos no se refieren a su intimidad”25. (Santiago, Ediciones UAH, Colección de Investigaciones Jurídicas No. 108, para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal. PDF | Este ensayo ... Constitucionalización del Derecho y la implementación de los medios tecnológicos. En particular, la Constitución ordena al legislador a fijar la “forma y condiciones” del tratamiento y protección de tales datos. 35Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. 42 Manuel Gonzlez Oropeza tenemos que nuestra Constitucin fue por dcadas relegada a ser un traje de fiesta para cada 5 de febrero y objeto de una lectura obtusamente formalista, constantemente sesgada como muestra la historia del derecho a la informacin o a los derechos sociales, por citar solamente dos ejemplos y basada … En este último apartado se revisan los desafíos que se abren tras el reconocimiento constitucional explícito de la autodeterminación informativa. Cabe destacar que el Convenio No. 19 No. 1. Introducción. Sobre esto véase el Boletín 11.144-07 y su tramitación. Estudios sobre la Ley No. El Estado de derecho. Si para el tratamiento de ese dato personal debe respetarse el principio de finalidad, es una discusión que poco o nada tiene con el respeto y protección de la vida privada pero que sí está directamente relacionada con la autodeterminación informativa y su tutela68. 304-12; Donoso (2009), pp. En materia de función, mientras que la intimidad protege frente invasiones al “ámbito de la vida personal y familiar que la persona desea excluir del conocimiento ajeno y de las intromisiones de terceros en contra de su voluntad”, la protección de datos personales tiene por función garantizar a su titular “un poder de control sobre sus datos personales, sobre su uso y destino, con el propósito de impedir su tráfico ilícito y lesivo para la dignidad y derecho del afectado”11. Estos datos se tratarán de modo leal, para fines concretos y sobre la base del consentimiento de la persona afectada o en virtud de otro fundamento legítimo previsto por la ley. ¿Cuál es la relación jurídica entre una persona y sus datos personales? 4 de la Constitución tenía entre otros objetivos el de asegurar su tutela a través de la acción o recurso de protección, establecido en el art. Por ejemplo, Raúl Bertelsen ha sostenido que “[c]onforme a las normas constitucionales vigentes resulta indiscutible que la persona que efectúa operaciones de tratamiento de datos y elabora un registro o banco de los mismos, tiene un derecho de propiedad sobre la base de datos que goza de reconocimiento y protección constitucional”92. Recibido: 19.628. Adicionalmente, recurre a las fuentes doctrinales y jurisprudenciales, tanto nacionales como comparadas, que permiten ilustrar estos debates. 123), pp. (2004): The digital person. 3, 7, 23, 51, 58, 62, 67 y 91. [ Links ], Piñar Mañas, José Luis (2009): “Protección de datos: Origen, situación actual y retos de futuro”, en Murillo de la Cueva, Pablo Lucas & Piñar Mañas, José Luis, El Derecho a la Autodeterminación Informativa (Madrid, Fundación Coloquio Jurídico Europeo). […] Ello se traduce en el control de las personas sobre sus datos y comprende el derecho a saber sobre la existencia de ficheros o archivos de registro de información de carácter personal, públicos o privados, cuáles son sus finalidades y quiénes son los responsables de los mismos, de manera que las personas concernidas puedan conocer los datos propios contenidos en dichos archivos o ficheros, teniendo el derecho a actualizarlos o a solicitar mediante el recurso de habeas data su rectificación o cancelación”31. Para su revisión, puede consultarse Biblioteca del Congreso Nacional (2018), Historia de la Ley No. Ello va a tener importantes consecuencias en el ámbito de lo jurídico 778. Para cerrar esta sección, es pertinente revisar el último dilema relevante en la configuración del derecho a la protección de datos personales. Véase, por ejemplo, la opinión del Prof. Magliona en HDL, p. 40. [ Links ], OCDE (1980): “Directrices sobre protección de la privacidad y flujos transfronterizos de datos personales”. Si bien ni Celis ni Kuschel detallaban por qué el proyecto era “música celestial” o redundante, a la luz del contenido protegido del art. Ya en el primer trámite, el Senador Bianchi había presentado una indicación bajo un tenor similar73 y el profesor Magliona criticó el nivel de detalle del derecho, lo que podía conducir a “rigideces innecesarias” en la materia74. ¿Cuáles son algunos de los desafíos que ahora deberá enfrentar el legislador, de cara a una futura reforma de la Ley No. 2. Antecedentes de la reforma constitucional. [Fecha de consulta: 07.08.19] [Disponible en: Disponible en: https://www.pcontreras.net/blog/propiedad-de-datos-personales [ Links ], Solove, Daniel J. 20La tabla de firmas y ratificaciones se encuentra disponible [en línea]: https://www.coe.int/en/web/conventions/full-list/-/conventions/treaty/108/signatures?p_auth=SWNsnUpq [Fecha de consulta: 09.7.19]. Mónica Lucía Espinosa Arango. [ Links ], Schwartz, Paul M. (2004): “Property, Privacy, and Personal Data”, en Harvard Law Review (Vol. •Inclusión de fuerzas políticas ausentes, a partidos y asociaciones políticas. 128HDL, pp. Desde la perspectiva de las víctimas, los protege cuando alguno ha sido gravemente lesionado. La moción fundamenta la autonomía del derecho a la protección de datos citando especialmente dos de las principales sentencias constitucionales sobre esta materia en el derecho comparado 7: el caso del Censo fallado por el Tribunal Constitucional Federal Alemán 8 y la sentencia del Tribunal Constitucional español sobre el alcance del derecho a la protección de datos … Diario Oficial, 25 de agosto de 2001. [ Links ], Schwabe, Jürgen (2009): Jurisprudencia del Tribunal Constitucional Federal Alemán (México, DF, Konrad Adenuaer Stiftung). 22, 51, 53, 58, 62, 102, 108, 113, 123, 130 y 131. Finalmente, y para cerrar este apartado, hay que destacar que, durante la tramitación, el gran ausente fue el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, el “Reglamento” o “RGPD”)35. La democracia se desarrolla por medios jurídicos 22.Por eso, cuando se comprende la importancia de la oposición en una democracia representativa la cuestión que inmediatamente se plantea es como garantizarle, a nivel legal o constitucional, un adecuado estatus jurídico. ]. Como bien apuntó Núñez, no es extraño a la Constitución chilena el individualizar un órgano a cargo de la supervisión de un derecho fundamental, tal como acontece con el Consejo Nacional de Televisión a propósito de la libertad de opinión e información (art. 1. Por otra parte, en relación a la Unión Europea, la moción invocaba la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, adoptada en el año 1995 (en adelante, “Directiva 95/46”)21. Ediciones Universidad de los Andes). Jurídica de Chile), Tomo I, 2ª ed. & Schwartz, Paul M. (2018): Information Privacy Law (New York, Wolters Kluwer, 6ª ed.). 112HDL, p. 93 (opinión del profesor Núñez). Tiene por objeto hacer una relación historica, social y jurídica sobre la familia chilena y como se ha manifestado a traves del Derecho sus transformaciones, desde, la constitucionalización de los derechos de familia en Chile y Latinoamerica hasta el estudio del AVP y su impacto futuro en nuestro pais. En efecto, en el ámbito estadounidense la discusión sobre la asignación de derechos de propiedad forma parte importante del debate sobre la protección de datos personales85, mientras que en el ámbito europeo es una cuestión distinta86, dada la trayectoria regulatoria que funda la protección de datos personales en base a la tutela de un derecho fundamental87. 1, inc. 4º de la Constitución). HDL, p. 40. 19.628 Sobre Protección de Datos de Carácter Personal (Santiago Chile. [ Links ], García, Gonzalo (2014): La Reserva Legal de Derechos Constitucionales: ¿Poder Legislativo contra la Administración? (Oxford, Oxford University Press). “constitucionalización” del Derecho Civil y, en particular, dada la obvia amplitud del tema y la multiplicidad de sus posibles contenidos, a ofrecer una exposición del estado de la cuestión tomando como referencia la incidencia que sobre el De-recho Civil español –o, menos pretenciosamente, sobre algunas de sus principales 4 de la Constitución. [ Links ], Sentencia del Tribunal Constitucional Federal Alemán, BVerfGE 27, 1 (1969). [ Links ], Bridges, Khiara M. (2017): The poverty of privacy rights (Stanford, Stanford University Press). [Disponible en: https://www.camara.cl/pley/pley_detalle.aspx?prmID=11661&prmBoletin=11144-07]. El diputado Hirsch planteó que debía rechazarse la indicación porque la relación jurídica de los datos personales con una persona es una relación de titularidad107. 8, … Finalmente, el senador Lagos Weber citó el Reglamento para hacer presente la necesidad de contar con una legislación que establezca un duro régimen de infracciones y sanciones por “el mal uso de los datos personales” y la necesidad de contar con un “órgano independiente que vela por el cumplimiento de la normativa pertinente”39. La inviolabilidad de las comunicaciones privadas, en la formulación del art. 1), pp. 19 No. Tal como se constata en la discusión legislativa, deliberadamente se buscó garantizar el ejercicio legítimo de la autodeterminación informativa a través del recurso de protección69, desechando las voces minoritarias que se opusieron a ello70. Material disponible en PDF. Para Hirsch, la titularidad se entendía “como derecho de autodeterminación”, para evitar transferencias de dominio, “pues la idea de propiedad llevaría las cosas ahora ‘a otra cancha’ y podía generar un problema no menor a futuro con la transactividad de los datos, cuestión diferente con el concepto de titularidad, pues no era transferible esa titularidad”108. 247-269. (2016), p. 39. 129HDL, pp. En primer término, el reconocimiento explícito del derecho tenía por objeto evitar cualquier cuestionamiento al carácter iusfundamental del derecho. Por ello, la autodeterminación informativa garantizaría “la facultad del individuo de decidir básicamente por sí sólo sobre la difusión y utilización de sus datos personales”65. Isabella Romero. Véase también HDL, pp. derechos fundamentales, estado social de derecho y familia. 108”)18, fue invocado como parte de los fundamentos de la moción pero su contenido no tuvo mayor desarrollo en las discusiones sobre la reforma19. sin intentar dar cuenta del complejo fenómeno de la interacción entre las constituciones y el derecho internacional, como una for- ), Acciones Protectoras de Derechos Fundamentales (Santiago, Thomson Reuters). Fundamento destacado.- 2. El primero dice relación el tipo de remisión o reserva al legislador del mandato de protección de datos personales. 108HDL, p. 87 (opinión del diputado Hirsch). 2056-2128. 91Para un intercambio epistolar reciente, post reforma constitucional de 2018, véase Contreras (2019). 22. En efecto, la cláusula constitucional de dignidad, entendida en su dimensión de autonomía63, obliga al Estado a tratar a los miembros de la comunidad política como personas capaces de autodeterminarse, entre otras cosas, en el uso de su información personal, con el objeto de que puedan programar su propio plan de vida64. En efecto, tanto diputados como senadores estimaban que el recurso de protección sería un medio expedito, rápido y eficaz en la protección del nuevo derecho121. e) Principios y funciones dentro de la función de seguridad pública. Keywords: Personal data; Informational self-determination; Right to the protection of personal data. 20 dispone expresamente que es una acción que puede ser interpuesta “sin perjuicio de los demás derechos que pueda hacer valer ante la autoridad o los tribunales correspondientes”. Estratégicamente, la reforma persiguió un objetivo de forzar al legislador en la regulación y reforma del tratamiento y protección de los datos personales en nuestro país. Después de tomar este curso y el de Sistema de medios de impugnación en materia electoral, los participantes contarán con las bases suficientes para 3). En otros términos, la mención de algunas facultades consideradas como esenciales no impide el reconocimiento normativo posterior de otras, por parte del legislador. [ Links ], Solove, Daniel J. Como consecuencia de todo lo señalado, existen áreas de la vida de las personas más sensibles al fenómeno de la multiculturalidad y, más en concreto, las relaciones personales y … Del derecho a la educación, así como el derecho de los padres de escoger el centro de educación y participar en el proceso educativo de sus hijos. 19.628. México. Palabras claves: Datos personales; Autodeterminación informativa; Derecho a la protección de datos personales. 2.1 Las tareas que debe cumplir en este contexto el derecho. Las confusiones se dieron tanto respecto de la ubicación de la autodeterminación informativa en la Constitución, como de la relación entre el derecho a la privacidad y la autodeterminación informativa. Es ese el único derecho colectivo, concepto que para los partidarios de una visión individualista de los derechos humanos es de difícil encaje, [83] pero que está presente en la Constitución. La «constitucionalización del derecho», fenómeno por el cual se reconoce a la Constitución como la norma fundante del ordenamiento jurídico y de la comunidad —en la cual encuentran sus bases los diferentes sectores del derecho—, pone de … 4.4 Constitucionalización de los partidos y representación proporcional: 1977- ... democrático y Derecho electoral mexicano. En el primer trámite constitucional, se criticó que la Constitución estableciere la exigencia de consentimiento “expreso” para el tratamiento de datos personales. c) El uso de la fuerza. Si lo anterior es correcto, entonces el derecho a la protección de datos personales contempla como mínimo el respeto de los derechos ARCO y éstos podrían ser considerados parte del núcleo esencial del mismo, conforme a la garantía del artículo 19 No. La validez formal y la densidad normativa material 2. [Fecha de consulta: 09.7.19]. Dueños de nuestros datos: ¿titularidad o propiedad? 2), pp. O, en otros términos, ¿por qué había que hacer el derecho “explícito”? Éste es el fundamento de las sentencias del Tribunal Constitucional Federal alemán, revisadas en la sección anterior. 40Revísese la tramitación conjunta del proyecto de ley que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales (Boletín N° 11.144-07, refundido con el Boletín Nº 11.092-07) y el proyecto de ley sobre protección de datos personales (Boletín N° 11.092-07). 62-65; Tzanou (2017), pp. Por último, es necesario atender al debate sobre la garantía de la autodeterminación informativa. A partir de la examinación crítica de los antecedentes que dieron origen al derecho a la protección de datos personales, es posible concluir lo siguiente: La reforma constitucional tuvo por objeto reconocer explícitamente el derecho a la protección de datos personales como un derecho de autodeterminación informativa, separándolo conceptual y normativamente de otros derechos como el respeto a la vida privada o el derecho de propiedad. En particular, Chile aceptó “los instrumentos antes mencionados [relativos a la protección de datos personales] con un plazo para su implementación hasta fines de 2011”16. Análisis del llamado derecho al olvido en buscadores, redes sociales y medios de comunicación (Santiago, Librotecnia). 21-27; Wacks (2015), pp. [ Links ], Rajevic, Enrique (2011): “Protección de datos y transparencia en la administración pública chilena: Inevitable y deseable ponderación”, en Arrieta, Raúl (coord. Cabe hacer notar que, dentro de la tramitación, se objetó la simplificación y vaciamiento del contenido del derecho en cuestión. 25HDL, pp. Por ello, durante toda la reforma pero especialmente a partir del segundo trámite, se manifiesta la preocupación de los parlamentarios de tener claridad sobre la garantía del derecho a través de una agencia especializada128. 62Murillo (2009), pp. En efecto, el debate legislativo advirtió la necesidad de continuar el esfuerzo de la reforma constitucional con una modificación integral de Ley No. [Disponible en: https://www.camara.cl/pley/pley_detalle.aspx?prmID=11661&prmBoletin=11144-07]. [ Links ], Ley N° 21.096, Consagra el derecho de protección de datos personales. La constitucionalización del derecho de familia: perspectivas comparadas. 3. 26Nogueira (2005). Por otro lado, mientras que algunos autores de la moción defendieron la autonomía del derecho a la protección de datos personales frente a la privacidad60, por el otro, para evitar que el reconocimiento del derecho fuese mezclado con el derecho de propiedad, afirmaron que “el derecho de protección de datos personales emana del derecho a la privacidad”, siendo “una proyección de la intimidad pero sin ser idénticos”61. En particular, sostuvo que “durante la tramitación del proyecto se ha ido revelando que no es adecuado incorporar en el texto constitucional, que tiene vocación de estabilidad en el tiempo, algunos de los elementos que son parte de la protección de datos”, estando de acuerdo con “establecer una protección más genérica”76. 19.628, sobre protección de la vida privada? No. 19 No. 2.2 Las viejas técnicas de intervención administrativa (y su superación). En particular, a partir de la normativa europea se busca orientar la reforma constitucional en términos tales que el tratamiento de datos personales esté “al servicio del hombre” y que respeten “las libertades y derechos fundamentales de las personas físicas y, en particular, la intimidad, y contribuir al progreso económico y social, al desarrollo de los intercambios, así como al bienestar de los individuos”22. Este artículo reflexiona sobre la estrecha relación entre el proceso penal y el derecho constitucional en el marco de un Estado democrático, así como sobre las garantías que debe brindar desde la óptica constitucional y en el actual contexto de globalización de los derechos humanos. 52-3; Anguita (2007), pp. De la seguridad social. Una de las preguntas básicas es si la reforma contemplará una autoridad de control en esta materia y cómo se conjugará el procedimiento de habeas data con la acción de protección, en el evento de su aprobación. En relación al recurso de protección, la decisión de reconocer explícitamente el derecho a la autodeterminación informativa en el art. En este sentido, se podría inferir que, al menos para el diputado Celis, la nueva norma constitucional no cambiaría el estado actual de desprotección de datos personales. 142-3. Si bien es claro que la reforma buscó resguardar la autodeterminación informativa del titular sobre sus datos personales, la eliminación a los derechos ARCO puede plantear problemas interpretativos a la hora de regular legalmente el ejercicio del derecho. 106HDL, p. 87 (opinión del diputado Gutiérrez). [ Links ], Henríquez, Miriam (2018): Acción de Protección (Santiago, Der Ed., Cuadernos Jurídicos de la Academia Judicial). 24 de la Constitución. A continuación nos aproxima a los principales principios y garantías del proceso … 5), pp. Constitucionalización del derecho penal El derecho penal tiene, aparentemente, una doble función contradictoria frente a los derechos de las personas. 12 (opinión de Juan Pablo Olmedo); 15 (opinión de José Antonio Viera-Gallo); 26 (opinión del senador Chahuán); 28 (opinión del senador Larraín); 36 (opinión del senador Coloma); 40 (opinión de Claudio Magliona); 50 (opinión del senador Larraín); 78 (opinión del diputado Pardo); 81 (opinión del diputado Longton); 90 y 92 (opinión de la Consejera De la Fuente); 93 (opinión de Manuel Núñez); 95 (opinión del senador Harboe); 97 (opiniones de la Consejera de la Fuente, Raúl Arrieta y el senador Harboe); 114 (opinión de la diputada Olivera); 115 (opinión del diputado Torrealba); 116 (opinión del diputado Longton); 125 (opinión del senador Pugh); y 128 (opinión del senador Coloma). Antinorteamericanismo (21 letras): Actitud antinorteamericana. La modernizacin del derecho es una de (desde 1987), ha cambiado completamente de. La moción fundamenta la autonomía del derecho a la protección de datos citando especialmente dos de las principales sentencias constitucionales sobre esta materia en el derecho comparado7: el caso del Censo fallado por el Tribunal Constitucional Federal Alemán8 y la sentencia del Tribunal Constitucional español sobre el alcance del derecho a la protección de datos personales en la Constitución de 19789. las consecuencias de la constitucionalizacin, fisonoma bajo la influencia de la jurispruden-. [ Links ], Donoso, Lorena (2001): “El tratamiento de datos personales en el sector de la educación”, en VVAA, Chile y la protección de datos personales. La indicación proponía establecer el siguiente inciso: “Para estos efectos, la Constitución asegurará la propiedad de los datos personales a su titular”102. Diario Oficial, 25 de agosto de 2001. 19 No. En otros términos, ¿puede entenderse la renuncia al detalle de los derechos ARCO en la disposición constitucional dejaría un margen de acción del legislador tan amplio que podría incluso prescindir de ellos a nivel de la regulación legal? El primer gran ajuste fue la eliminación de las bases de licitud para el tratamiento de datos personales. Pero el titular siempre podrá revocar el consentimiento o ejercer el derecho de oposición o cancelación sobre los datos personales que esa empresa está tratando. Derecho constitucional y derecho ordinario – Jurisdicción constitucional y jurisdicción ordinaria I. Problema y programa 1. Ediciones Universidad de los Andes). El rasgo de autodeterminación como autocontrol es expresión de su fundamento: el libre desarrollo de la personalidad. [ Links ], Tzanou, Maria (2017): The Fundamental Right to Data Protection. En particular, el profesor Manuel Núñez citó el caso de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en donde el derecho a la protección de datos personales establece un “contenido mínimo y demás cualidades del derecho que también incluye una agencia de protección de datos”78. Sobre la discusión de la conexión entre privacidad e intimidad en Chile y las taxonomías de intervención en la vida privada, con los antecedentes comparados, véase por todos Figueroa (2014), pp. Por un lado, protege derechos y, por otro, los restringe. El argumento no era conclusivo y existían diversas técnicas legislativas para entender a los derechos ARCO, como parte del contenido del derecho, por un lado, y evitar la obsolescencia en el tiempo con una remisión al legislador o una cláusula abierta. Otras opiniones reafirman este uso retórico de la expresión “propiedad” como equivalente de autocontrol de la información100. Diario Oficial, 28 de agosto de 1999. 16HDL, pp. [ Links ], Ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada. 21.096 Consagra el Derecho a Protección de Datos Personales. 5). [ Links ], Bertelsen, Raúl (2001): “Datos Personales: Propiedad Privada, Libre Iniciativa Particular y Respeto a la Vida Privada”, en Wahl, Jorge (ed. [ Links ], Cohen, Julie E. (2000): “Examined lives: Information privacy and the subject as object”, en Stanford Law Review (Vol. Por un lado, protege derechos y, por otro, los restringe. En segundo lugar, el trabajo del profesor Humberto Nogueira sobre habeas data fue recurrentemente citado durante la tramitación de la reforma26. [ Links ], Francis, Leslie P. & Francis, John G. (2017): Privacy. [ Links ], Quezada, Flavio (2012): “La protección de datos personales en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional de Chile”. Por otra parte, la consejera del Consejo para la Transparencia, Gloria de la Fuente, advirtió que el recurso de protección, si bien puede ser interpuesto sin necesidad de contar con patrocinio de un abogado, para alegar la causa sí se requiere de representación por parte de un abogado y la decisión del recurso no permite generar resolución de problemas con alcance general, como sí se puede lograr a través de las potestades de una autoridad de protección de datos personales127. Diario Oficial, 22 de septiembre de 2005. 19 No. 103HDL, p. 86 (opinión del diputado Alessandri). 23-6. 1 La primera no reconoce ningún conflicto en las dos nociones puesto que ambas son parte de un mismo ideario que comprende una diversidad de aspectos buenos y deseables de la vida pública de un país, … 104 • La constitucionalización del derecho internacional... el enunciado que da título a este breve trabajo: la constitucionalización del derecho internacional de los derechos humanos. Agregando un nuevo derecho: Los dilemas de la reforma constitucional. En los términos del Tribunal Constitucional español, “el objeto de protección del derecho fundamental a la protección de datos no se reduce sólo a los datos íntimos de la persona, sino a cualquier tipo de dato personal, sea o no íntimo, cuyo conocimiento o empleo por terceros pueda afectar a sus derechos, sean o no fundamentales, porque su objeto no es sólo la intimidad individual, […] sino los datos de carácter personal”12. Un límite al derecho a la vida privada”, Revista de Derecho (Universidad Austral de Chile, Vol. En este sentido, el autocontrol o la decisión autónoma sobre el tratamiento de datos personales, por su titular -con independencia de si la información se encuentra en esferas más o menos públicas o privadas- parece explicar de mejor forma la independencia conceptual y normativa del derecho a la protección de datos personales respecto de la privacidad. Este aspecto conceptual era relevante para poder deslindar el carácter autónomo del derecho a la protección de datos personales frente al derecho a la protección de la vida privada o la intimidad. Otros antecedentes que tuvieron menor atención fueron las referencias al Consejo de Europa y a la Unión Europea. 110HDL, p. 92 (opinión de la consejera De la Fuente). La posición de Bertelsen tiene por objeto resguardar la propiedad del responsable del tratamiento sobre el fichero o base de datos y no la relación de dominio, por parte del titular, respecto de sus datos personales. La interpretación del Tribunal permitió anclar la autodeterminación informativa al contenido iusfundamentalmente protegido del derecho al respeto y protección de la vida privada. 133-78; Solove & Schwartz (2017), pp. 22HDL, p. 3. [Fecha de consulta: 08.08.19]. Actualmente, tiene 54 Estados parte y Argentina fue el último Estado de Latinoamérica en ratificarlo, junto a Uruguay y México20. El centro del análisis radica en los nuevos estándares y principios que la Corte utiliza para juzgar la procedencia de dicho … Toda persona tiene derecho a la protección de los datos de carácter personal que le conciernan. La persona”99. [ Links ], Matus, Jessica & Montecinos, Alejandro (2006): El deber de información y el consentimiento para la cesión de datos personales (Santiago, LexisNexis). 19.628, Sobre Protección de la Vida Privada. 79Carta de los Derechos Fundamentales de Unión Europea 2000/C 364/01. 51HDL, pp. Por ello, por ejemplo, el legislador estaría autorizado a definir que la prohibición se puede extender al conviviente civil, figura que no existía al momento de promulgarse la Constitución de 1980. Algunos parlamentarios emplearon impropiamente la expresión “propiedad” como una forma retórica de afirmar el control de las personas sobre su información personal97. La tesis de Hirsch tuvo el apoyo de los invitados en una nueva sesión donde se zanjó el asunto. 20, No. 3 Cuestiones actuales de Derecho comparado 237 de la superioridad del hombre sobre la mujer y del padre sobre los hijos. 7-44. [ Links ], Paredes, Felipe (2014): La Garantía Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales (Santiago, Thomson Reuters). 2.3 La inadecuación de la metodología basada en el control … Toda persona tiene derecho a acceder a los datos recogidos que le conciernan y a obtener su rectificación. En particular, se analizan dos desafíos. 19.628 es reformada. 43 y 59. Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Alberto Hurtado. Para los requirentes de inaplicabilidad, la publicidad de dicha información suponía una divulgación de información confidencial, en directa infracción del derecho a la privacidad del art. Sin embargo, en segundo trámite constitucional, el Senador Harboe cambia de criterio y apoyó la indicación del Ejecutivo. [Fecha de consulta: 25.03.19] [Disponible en: https://www.camara.cl/pley/pley_detalle.aspx?prmID=11661&prmBoletin=11144-07]. “[A] mi juicio este proyecto es más bien música celestial, ya que no va a lo esencial de esta reforma, que es proteger de verdad, en los hechos y en el derecho, los datos personales”41. Diario Oficial, 22 de mayo de 2003. 57Sobre information privacy, véase Solove (2008), pp. 5En adelante, citaré el documento de la Biblioteca del Congreso Nacional que compila el trámite legislativo de la reforma constitucional como “HDL”. 123Cámara de Diputados (2016), p. 84. 19.742, Reforma constitucional que elimina la censura cinematográfica sustituyéndola por un sistema de calificación y que consagra el derecho a la libre creación artística. El objeto de la reforma constitucional. Tal como en su momento lo evaluó la Cámara de Diputados, el procedimiento actual de habeas data establecido en la Ley No. Además, la titularidad del dato personal permite dar cuenta de los deberes que tiene el responsable en relación con dicha información personal94. 3.3. [ Links ]. La función y el derecho a la seguridad pública [ Links ], Corral, Hernán (2001): “De los derechos de las personas sobre los responsables de bancos de datos: el hábeas data chileno”, en Wahl, Jorge (ed. Ex ayudante de los Departamentos de Derecho Público y Ciencias del Derecho de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, Chile. [ Links ], Pucinelli, Óscar (1999): El Habeas Data en Indoiberoamérica (Santa fe de Bogotá, Temis).
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