Pueden solicitar el SRF todas las organizaciones /entidades que desarrollen actividades y programas de Acción Social relacionadas con la neurología y los pacientes afectos de enfermedades neurológicas.
Los requisitos fundamentales son:
- Estar legalmente constituida, con forma jurídica de asociación o de fundación, o en su caso, encontrarse federada o confederada. Ha de estar dada de alta en Registro, con fecha de constitución y nombre.
- Disponer de un órgano de gobierno, de Estatutos y de Reglamento de régimen interno definidos, y de unas normas básicas de funcionamiento.
- Mostrar su ámbito de actuación y su experiencia en la lucha contra las enfermedades neurológicas.
- Contar con recursos materiales, inmateriales y humanos adecuados al desarrollo de sus actividades, incluyéndose un lugar y horario apropiados para la atención al público.
Para la obtención del SRF, la entidad solicitante (*) deberá enviar a la FEEN los siguientes documentos, acordes con los requisitos establecidos:
- Petición formalizada a la Junta Directiva FEEN de obtención SRF (**).
- Fotocopia de la inscripción en el registro correspondiente.
- Fotocopia del CIF de la entidad.
- Estatutos debidamente legalizados (Ley de Asociaciones 1/2002, Ley de Fundaciones 50/2002).
- Certificado de composición del órgano de gobierno actual.
- Certificado del número de socios actual o del número de miembros del órgano de gobierno.
- Certificado de estar al corriente de obligaciones fiscales y de Seguridad Social.
- Memoria de Actividades del año anterior. Incluirá cartera completa de servicios y la evaluación de los resultados obtenidos. (**)
- Memoria económica del año anterior.
Periódicamente, la FEEN podrá solicitar estos documentos actualizados a la entidad poseedora del SRF. Dicha entidad se compromete a comunicar a la FEEN cualquier modificación que afecte al desarrollo de la propia entidad y, con ello, a los requisitos exigidos por la FEEN.
* En el caso de asociaciones federadas, se tendrán en cuenta los documentos ya aportados.
** Ejemplos de documentos, anexos 1 y 2.